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Las condenas a los responsables de la muerte de Mandagaray se conocerán en junio

La fecha se definió por pedido del abogado querellante y de algunos de los defensores particulares de los oficiales condenados, Gabriel Gattoni, Alfredo Roberto Nahuelcheo, Marcelo Ariel Contreras y Maximiliano Ariel Vitali Méndez.

Por un pedido del abogado querellante y de algunos de los defensores particulares de los condenados, se conoció que la audiencia de Cesura para definir las penas en la causa Mandagaray será recién el 29 de junio.

Justamente, el viernes pasado concluyó la etapa de juicio por la muerte del policía Gabriel Mandagaray, ocurrido el 15 de abril del 2021 en el marco de un entrenamiento básico del grupo especial COER de la Policía de Río Negro.

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En esa instancia, y luego de 5 jornadas de alegatos, presentación de pruebas y testimonios, los jueces Carlos Reussi, Ignacio Gandolfi y Marcelo Alvarez declararon culpables a Alejandro Gabriel Gattoni, Alfredo Roberto Nahuelcheo, Marcelo Ariel Contreras y Maximiliano Ariel Vitali Méndez.

Juicio Mandagaray

El delito más grave imputado a los 4 fue el "homicidio culposo" que el Código Penal reprime con prisión de 1 a 5 años e inhabilitación especial por 5 a 10. Por el otro hecho, de "abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos", Gattoni fue declarado autor penalmente responsable y Nahuelcheo, Contreras y Vitali Mendez, coautores. En este caso, el castigo previste es de prisión en suspenso, de 1 mes a 2 años e inhabilitación especial por doble tiempo para este delito.

En ese rango se moverá la decisión a la que arriben los jueces, una vez que concluya el Juicio de Cesura en el que cada parte argumentará su pedido.

Los tres hechos por los que se llevó a juicio a los cuatro agentes

El curso de capacitación comenzó el 12 de abril a 40 Km de Bahía Creek, donde los instructores y el coordinador hicieron ingresar a los cursantes en un estanque de agua, para luego iniciar la caminata hasta dicha playa en la que acamparon hasta el día siguiente.

En ese tiempo los sometieron a un “excesivo desgaste físico y psicológico que generó en ellos heridas en pies y manos y complicaciones psicológicas, todo en un contexto de escasa alimentación e hidratación; sin suficiente descanso diurno y nocturno, sin controles y/o asistencia médica en el lugar, sin medios de comunicación adecuados, sin ambulancia o equipos de primeros auxilios adecuados, y obligándolos a soportar prácticas humillantes tales como orinarlos, colocarse máscaras de excremento de animal sobre sus rostros y hacerlos ingresar al mar a altas horas de la madrugada, en plena oscuridad y sin ninguna medidas de seguridad y completamente desnudos para hacerlos caminar durante la noche en esas condiciones”.

Inobservaron así leyes y reglamentos que los rigen, como la Resolución 2748, la Ley Orgánica de la Policía, el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y el artículo 16 de la Constitución de la Provincia de Río Negro.

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"Que la muerte de Mandagaray sea un antes y un después"

El segundo de los hechos tuvo lugar el 15 de Abril, entre las 15 y las 18 horas cuando, en el marco de un entrenamiento y ante la presencia del coordinador que no manifestó objeciones, los instructores hicieron ingresar al mar -hasta una distancia donde no hacían pie- a Mandagaray junto a dos compañeros con el uniforme policial completo, incluido los borceguíes, todas las armas reglamentarias sin chalecos salvavidas y/o torpedos, sin lanchas de apoyo, sin la previsión y asistencia de guardavidas y sin el control de personal de Prefectura Naval y/o cualquier otra medida de seguridad, y en el contexto de desgaste y cansancio físico y psicológico en el que se encontraban los cursantes producto de las exigencias de los días anteriores.

Previamente, Mandagaray había manifestado que "no sabía nadar", aviso al que no hicieron caso instándolos a ingresar, llevando entre los tres un tronco de 2 metros de largo aproximadamente lo que dificultó (sumado a las condiciones climáticas y de la marea) que pudieran salir del mar a la vez que pedían ayuda.

Dos de ellos pudieron ser auxiliados por sus compañeros (que se encontraban en la orilla esperando su turno), mientras que Mandagaray no pudo salir del agua, se hundió y luego de una hora fue expulsado por el mar, sin vida, a unos 200 metros del lugar donde habían ingresado.

En tanto, también se dio un tercero hecho, por el cual se acusaba solo a uno de los agentes de haber agredido a uno de los cursantes, pateándolo y pisándolo en la zona del extremo inferior de la columna vertebral, mientras éste realizaba ejercicios de arrastre en la arena, uniformado, con mochila de viaje y pistola ametralladora. La agresión le produjo fractura de la 1ª vertebra del cóccix, por lo que la víctima tuvo que abandonar el cursado ese mismo día.

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