En buenos términos, se cerró una dramática causa de gatillo fácil
El suboficial de la Policía rionegrina que le efectuó un disparo en el pecho a un joven cipoleño que salvó su vida de milagro reconoció haber cometido el hecho y en un juicio abreviado fue condenado a tres años de prisión en suspenso, más la inhabilitación especial por el doble de ese tiempo para desempeñarse en la fuerza.
La pena recayó sobre el cabo Franco Águila, quien llegó al juicio detenido y, producto del acuerdo entre fiscalía, defensa y querella, fue puesto inmediatamente en libertad, indica el fallo conocido recientemente. Además, deberá cumplir pautas de conducta por tres años y una reparación económica de 100 mil pesos, lo que no impide a la víctima avanzar en el reclamo civil.
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El ataque se registró la madrugada del 16 de abril de este año en la plaza San Martín, ubicada en pleno centro de Cipolletti, donde se desató una pelea entre jóvenes luego de una discusión que se produjo en el interior de Kapela, el boliche que se encuentra a pocos metros, frecuente escenario de escándalos e incidentes violentos.
En esa oportunidad un patrullero de la Comisaría 4ta llegó al lugar para tomar intervención.
La acusación que presentó el fiscal Santiago Márquez Gauna indica que Águila conducía el móvil y bajó portando una escopeta calibre 12 con munición de estruendo con la que efectuó un tiro al aire con el fin de detener el enfrentamiento.
Pero luego hizo otro disparo hacia los peleadores, impactando el proyectil en el pecho de Matías Vázquez, quien gravemente herido fue trasladado al hospital en un auto particular.
El muchacho estuvo al borde de la muerte. No fue un balazo convencional el que recibió, sino que lo impactó el tapón de goma que contiene el material que produce el estruendo de la munición. De todos modos le provocó una “herida penetrante en hemotorax derecho compatible con lesión pulmonar que ocasionó neumotorax y shock hipovolémico hemorrágico”, indicó el diagnóstico.
Estuvo en coma farmacológico e intubado, hasta que lentamente mostró una notable mejoría. A principios de junio fue dado de alta, aunque continuó con tratamiento psicológico.
Águila fue imputado por lesiones graves cometidas por un funcionario público.
La investigación, que contó con la labor pericial de la Policía Federal, había reunido pruebas suficientes para dictar sentencia. Las declaraciones de varios testigos directos fueron relevantes.
La causa derivó en un juicio abreviado propuesto por Márquez Gauna, que contó con el aval del abogado querellante, Michel Rischmann, y del defensor del policía, Damián Moreyra.
Abrazos finales
El juez Guillermo Merlo aceptó el acuerdo de las partes al concluir que la culpabilidad de Águila estaba verificada con las pruebas, a lo que sumó su propia confesión. También sostuvo que “el encuadramiento jurídico propuesto se ajusta a derecho”.
Sin embargo, el magistrado fijó su mirada en una escena que transcurrió al finalizar la audiencia y que pinta el estado de ánimo de los dos jóvenes ante el suceso que les tocó vivir, cada uno desde su lugar.
“… aquí ha sido de relevancia mayúscula la aceptación de la víctima, quien hasta aceptó el pedido de disculpas, el apretón de mano, el abrazo y el beso ofrecido por el Sr. Aguila en señal de su arrepentimiento, siendo por ello que el acuerdo me resultó ser genuino y reparador de la circunstancia”, sostuvo Merlo.
Agregó a ello que lo que pueda opinar al respecto “poco importa porque la reparación del daño entre las partes la tengo por acreditada”.
Pautas de conducta
Entre los términos del juicio abreviado se acordaron las pautas de conducta que Águila deberá cumplir por el término de tres años. Tiene prohibido acercarse a menos de 100 metros de la víctima y a menos de 200 de su casa, y en caso de encontrarse accidentalmente, el agresor deberá retirarse del lugar “sin causar molestias”. Debe mantener domicilio y presentarse una vez cada cuatro meses desde febrero del año próximo al Instituto de Asistencia de Presos y Liberados (IAPL) para “dar razones de su vida”. No tiene que cometer nuevos delitos ni consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes.
Además, le impusieron un pago de 100 mil pesos como “reparación económica simbólica”, lo que “no implica renuncia de acción civil”, instancia que el Estado rionegrino deberá enfrentar.
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