El STJ ordenó analizar parte de la sentencia a Bastonero por estafas
La Cámara Tercera en lo Criminal de Roca condenó a Bastonero, como autor del delito de estafas reiteradas (nueve hechos) y estafa en grado de tentativa (un caso), todo en concurso real. Lo sentenció a un año de prisión, que aún no se hizo efectivo.
Casación
La defensa presentó un recurso de casación que fue denegado lo que motivó la queja ante el STJ. En su recurso, planteaba que no existe prueba objetiva que acredite de manera fehaciente las sumas de dinero -perjuicio económico- que se tienen por entregadas al imputado. Asimismo, afirmó que la simple mentira no es una maniobra fraudulenta y que las víctimas con un mínimo de actuación podrían haber evitado resultar damnificadas. Sin embargo, continúa el planteo, ninguno “solicitó documento; o alguna identificación (…) lo que demuestra una falta o deber de cuidado de parte de los damnificados exigible en la actualidad en el tráfico de las relaciones para este tipo de colaboraciones”.
Al analizar la casación, se había planteado que no se advertía "una crítica concreta y razonada de los argumentos de la sentencia condenatoria, ni la efectiva vulneración de las reglas de la sana lógica, como se aduce".
Segunda instancia
Como se rechazó la intención de invalidar la condena en primera instancia, la defensa de Bastonero hizo un segundo intento, con una queja al STJ. "La quejosa asevera haber demostrado que la sentencia incurre en una inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, que la torna arbitraria, ya que no se ha demostrado la configuración de los elementos objetivos del tipo penal invocado", reseñó la resolución de los integrantes del máximo tribunal provincial.
Y allí el planteo encontró, en parte, una respuesta positiva para el condenado. Sodero Nievas y Lutz también considerada la existencia de los hechos y la participación del imputado, en lo referente a la demostración del perjuicio económico en cada uno de los hechos. Sin embargo entendieron que "el agravio vinculado con la inadvertencia de un ardid, como medio engañoso, provocador del error de las víctimas y su posterior perjuicio económico, por la entrega de dinero en nueve ocasiones" era válido para "provocar la apertura de la instancia de casación en los hechos reprochados".
Por ello, el tribunal de casación deberá analizar el recurso de Bastonero.
Las víctimas
"Peki" Bastonero fue condenado por estafar en Roca a Carlos Pablo, Miguel Mena (en dos oportunidades), Carlos San Román, Luis Di Giácomo, Carlos Peralta, Juan José Huentelaf, Juan Carlos Bonfligio y Jorge Enrique Robot. Utilizó diversos argumentos para obtener distintas sumas de dinero.







