Dejó su casa del IPPV y quiso recuperarla con pedido de desalojo
Una sentencia dictada en esta ciudad dejó sin efecto el desalojo impulsado por una mujer, adjudicataria de una vivienda del IPPV, contra las personas que viven actualmente en la casa. La decisión se basó en el hecho de que el régimen jurídico implica la obligación de ocupar efectivamente el lugar y de pagar las cuotas. Ella, en cambio, se fue por más de una década y autorizó el ingreso de otra familia.
La mujer había resultado adjudicada con una casa del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV). Sin embargo, en el año 2003 se fue a vivir al norte del país y dejó a otras personas en el inmueble.
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Transcurrieron 13 años hasta que regresó a Cipolletti y pretendió recuperar la casa mediante una acción de desalojo.
El tribunal que analizó el expediente sostuvo en el fallo que la mujer no es “dueña” del inmueble puesto que se le otorgó un “título precario”, lo que implica según el régimen jurídico de las adjudicaciones del IPPV que, entre otras cosas, tenía obligación de ocupar material y efectivamente el lugar y asimismo abonar las cuotas respectivas para cancelar el precio de la vivienda.
Sostiene la sentencia que la mujer no cumplió ni con la ocupación ni con el pago de las cuotas y por ello su conducta ha resultado “alejada del derecho en lo atinente a la ocupación del bien del que fue adjudicataria inicial”.
También se afirmó que las personas que pretendían ser desalojadas de la casa no entraron contra la voluntad de la adjudicataria, es decir, no existió una intrusión. Por otro lado, indicaron que el litigio deberá resolverse por otra vía.
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