Quién es el famoso "Chaqueño" que tiene a maltraer a un barrio entero en Cinco Saltos
El Juzgado de Paz de Cinco Saltos archivó una causa contra un camionero por falta de pruebas. Una vecina lo denunció por destruir cables de energía con su camión, pero no pudo aportar su nombre ni su apellido.
Una vecina de Cinco Saltos denunció al "Chaqueño", un vecino que entra al barrio con un camión de gran porte y le corta los cables de energía. Cansada de hacer reclamos en todos los organismos llegó hasta el Juzgado de Paz. Sin solución, el juez consideró que no encuadraba en una contravención.
Cualquier parecido con la “ley y la trampa” del popular cantante es pura coincidencia. Pero el Chaqueño, cincosaltense, es acusado de hacer estragos en un barrio de Cinco Saltos con su camión, mencionaron vecinos. Y la damnificada no consigue solución. El primer escollo, insólitamente, es que no tiene la identidad del famoso Chaqueño. Todos en el barrio lo conocen pero nadie sabe su nombre y apellido.
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El juez de Paz no tiene facultades para investigar, solo resuelve las contravenciones con la información que le aporta la Policía, se aclaró.
"No ha lugar"
En esta instancia, Enzo Espejo resolvió desestimar y archivar la causa caratulada “H.L.S.C.”, donde la denunciante, identificada como L.H., señalaba al apodado “Chaqueño” como responsable de una presunta contravención por obstrucción de cables, lo que habría afectado el suministro eléctrico en su domicilio. La denuncia, en un primer encuadre policial, se tipificó bajo el artículo 47 del Digesto Contravencional, que contempla la figura de “molestias a terceros”.
El juez Espejo analizó las pruebas aportadas, las declaraciones y los hechos denunciados, concluyendo que las conductas atribuibles al denunciado no encuadran bajo ninguna figura contravencional prevista en el Digesto, ni en el artículo mencionado ni en otro tipo similar. En este sentido, el juez aplicó el principio de legalidad y presunción de inocencia, al no haberse demostrado que el acusado haya incurrido en una conducta sancionable.
La resolución establece que las pruebas aportadas y los términos del acta inicial carecen de elementos que permitan atribuir responsabilidad contravencional suficiente para formalizar una acusación contra el sospechoso. En este marco, el juez decidió archivar las actuaciones de manera definitiva, fundamentando su decisión en las disposiciones del Código Contravencional y, en particular, en el artículo 74 de dicha norma.
Los 'mil y un' problemas entre vecinos
Las problemáticas entre vecinos y personas que deben convivir en un barrio prácticamente son moneda corriente en los pasillos judiciales.
Recientemente, en Cipolletti, una jueza debió intervenir para poner fin a la pelea de dos vecinos... que solían terminar a los escupitajos.
En ese caso el fallo resolvió homologar un acuerdo entre dos vecinos del barrio 300 viviendas de Cipolletti tras una serie de conflictos que incluyeron agresiones verbales y conductas inapropiadas como escupitajos en los espacios comunes del edificio. A partir del fallo, quedó prohibido escupir en áreas compartidas, una medida que busca frenar comportamientos que alteren la convivencia pacífica entre los residentes.
El compromiso asumido por ambas partes también contempló la eliminación de actos hostiles como insultos y otras acciones molestas, en un esfuerzo por restaurar el respeto mutuo y la armonía en el entorno vecinal.
Recientemente, desde la Justicia de Paz se dio a conocer que se atienden numerosos casos relacionados a ruidos molestos, que originan serios inconvenientes entre vecinos, y también se generan peleas hasta por el "humo de parrillas", entre otros temas.
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