Hizo un giro en contramano y un motociclista terminó internado: qué resolvió la Justicia
Un automovilista embistió a un motociclista en el barrio Don Bosco de Cipolletti, pero la Justicia determinó responsabilidades compartidas.
Un motociclista cipoleño que resultó gravemente herido en un accidente vial en el barrio Don Bosco, logró un fallo favorable en la Justicia civil, aunque con un reparto de responsabilidades. El tribunal determinó que el conductor de un automóvil Chevrolet Onix fue el principal responsable del siniestro, con un 70% de la culpa, mientras que al motociclista se le atribuyó el 30% restante por haber intentado una maniobra de adelantamiento prohibida.
El hecho ocurrió en la intersección de las calles Manuel Estrada y Colombia, en Cipolletti. Según se reconstruyó durante el juicio, el motociclista circulaba por Manuel Estrada cuando impactó contra el lateral izquierdo del vehículo. El automóvil había iniciado una maniobra de giro en “U” para ingresar a un domicilio particular ubicado sobre calle Colombia, en sentido contrario al tránsito permitido.
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La jueza del fuero Civil que intervino en la causa destacó que ambos rodados, el auto y la moto, son considerados “cosas riesgosas” conforme al Código Civil y Comercial, por lo que correspondía aplicar el régimen de responsabilidad objetiva. Este tipo de normativa no depende de la culpa subjetiva sino del riesgo propio de los vehículos y la obligación de sus conductores de minimizarlo.
Las pruebas y la culpa, según la Justicia
El fallo se sustentó en actas policiales, testimonios, informes médicos y pericias accidentológicas, además de la documentación oficial y los antecedentes de ambos conductores. La magistrada concluyó que el automovilista incurrió en una infracción grave al girar en contramano, pero también ponderó que el motociclista ejecutó un sobrepaso en una zona donde la normativa de tránsito lo prohíbe expresamente.
Esa conducta concurrente motivó una distribución de responsabilidades diferenciada: el 70% para quien manejaba el Onix y el 30% para el joven de la moto.
Daños físicos, morales y económicos
El motociclista sufrió múltiples fracturas, debió ser intervenido quirúrgicamente y atravesó un largo proceso de rehabilitación. Los peritos médicos constataron una incapacidad física permanente y fijaron un alto porcentaje de secuelas funcionales. La indemnización económica se calculó tomando como referencia el salario mínimo vital y móvil vigente al momento del fallo.
Además del daño físico, la jueza reconoció un daño moral significativo. La pericia psicológica demostró que el joven padece trastornos del sueño, fobias y angustia persistente como consecuencia del accidente. Los testigos, por su parte, describieron un cambio drástico en su ánimo y en su rutina diaria.
El daño psíquico fue analizado como un rubro independiente. La profesional interviniente diagnosticó una reacción traumática leve vinculada directamente con el hecho, recomendando un tratamiento terapéutico de tres a seis meses.
La reparación material y el monto final
El fallo también incluyó el daño emergente (gastos médicos no cubiertos), la reparación de la motocicleta y la privación de uso del vehículo mientras estuvo inutilizable. Los valores fueron determinados a partir de los presupuestos y estimaciones del perito accidentólogo.
Finalmente, la suma total reconocida fue reducida en un 30%, proporcional a la responsabilidad atribuida al motociclista. De este modo, la persona demandada y su aseguradora deberán hacerse cargo del 70% del monto indemnizatorio.
La sentencia, emitida por el fuero Civil de Cipolletti, es de primera instancia y aún puede ser apelada.
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