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Cipolletti: Trasladaba en moto al tirador que baleó a un pasajero de taxi en el pecho y ahora asumió su culpa

El sangriento ataque ocurrió el año pasado en Cipolletti. El autor de los balazos fue condenado y está preso. El cómplice acordó una pena condicional y un resarcimiento económico.

El 8 de febrero del año pasado, minutos antes de las 14, al menos tres dotaciones pusieron en alerta a vecinos de la esquina de las calles Don Bosco y Scalabrini Ortiz, en la zona de los planes de vivienda al norte de Cipolletti.

Enseguida se llenó de policías y personal del hospital, además de un montón de curiosos que rodearon el perímetro marcado para preservar la escena.

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Un violento episodio había ocurrido: dos hombres en moto habían perseguido a un taxi Fiat Palio y al alcanzarlo uno de ellos extrajo un arma de fuego y disparó contra los pasajeros.

Una de las balas impactó en el apoyacabeza del conductor, por lo que se salvó de milagro. Mientras que otra en la otra dio de lleno en parte derecha del tórax de uno de los pasajeros que iba en el asiento trasero, provocándole lesiones en el pulmón derecho, venas pulmonares y pericardio, lo que implicó un trauma que necesitó de una “rafia de la vena pulmonar y drenaje de hemotórax y hemi pericardio”, además de haber requerido de “multitransfusiones para salvar su vida”.

Junto con el herido también iba un menor, quien resultó ileso.

La investigación determinó que el autor de los balazos había sido Kevin Laureano Muñoz y el conductor de la moto Axel Malcom Sepúlveda Rossetti.

Una de las hipótesis que surgieron como móvil del hecho apuntó a “conflictos existentes en el barrio”, como declaró una testigo. Pero en aquel momento también se presumió que estaba relacionado con el crimen de un adolescente sucedido días antes, y por el que aún permanece prófugo William Marcelo Ramírez.

El autor del balazo condenado

Muñoz fue detenido e imputado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego tentado, en concurso ideal con portación de arma de fuego de guerra”.

A fines de octubre del mismo 2024 aceptó declararse culpable en un juicio abreviado y lo condenaron a cinco años y cuatro meses de prisión, que estaba cumpliendo en el Establecimiento Penal 2 de General Roca.

Sepúlveda Rossetti también debía participar en esa instancia judicial, pero pese a que designó al abogado Rubén Antiguala para que lo defendiera, no se presentó y fue declarado rebelde.

Sin embargo fue atrapado posteriormente y quedó en prisión preventiva en el Establecimiento Penal local, acusado de “partícipe secundario del delito de homicidio simple agravado por uso de arma de fuego en grado de tentativa”.

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El edificio judicial de España y Urquiza en Cipolletti será renovado íntegramente.

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El proceso tuvo continuidad semanas atrás cuando se realizó una audiencia en la que el fiscal Martín Pezzetta y Antiguala informaron que también habían consensuado cerrarlo en un juicio abreviado y condenar a Sepúlveda Rossetti a tres años de prisión en suspenso, más pautas de conducta por el término de tres años. Asimismo se establecía su inmediata libertad.

El acusado aceptó la propuesta, con lo que admitió su responsabilidad en el hecho, condición requerida para que prosperara el acuerdo.

La víctima también avaló esa resolución, quien había pactado con Sepúlveda Rosetti el pago de una reparación económica cercana a los 3 millones de pesos, que había hecho efectiva.

Confesión y pruebas

El juez Guillermo Baquero Lazcano admitió el acuerdo planteado por las partes y así lo expreso en la sentencia que dictó.

Indicó que correspondía dada la ausencia de antecedentes computables por parte de Sepúlveda Rossetti, como también su confesión y las pruebas aportadas en la investigación.

Mencionó entre ellas la declaración del taxista, de la propia víctima, el menor que lo acompañaba y registros de cámaras de seguridad del sector.

También contaron con el trabajo realizado por la inspectora Sonia González de la División de Reconocimiento Antroposcopométrico de la Policía Científica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), con el que pudo establecer en el cotejo de imágenes que respondían a la del imputado Sepúlveda Rossetti.

En cuanto a las pautas de conducta que deberá cumplir por el plazo de tres años se estableció la prohibición de contacto por cualquier medio con la víctima. Las demás medidas son de rigor: fjar domicilio; presentarse una vez por mes al Juzgado de Ejecución y al Patronato de Presos y liberados; no cometer ningún delito ni abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de estupefacientes.

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