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Chocó un carro estacionado, demandó al dueño, pero perdió el juicio por "falta de atención"

El accidente tuvo lugar sobre la calle Pacheco, en una supuesta zona en la que está prohibido estacionar.

Un motociclista de Cipolletti perdió un juicio civil que le inició al dueño de un comercio local, por haber estacionado uno de sus carros en una zona prohibida, lo cual derivo en un accidente vial. Según expresaron fuentes judiciales, no existía ninguna ordenanza que prohibiera el estacionamiento en ese sector.

En detalle, todo se desencadenó a partir del recorrido que hacía el motociclista desde su casa a su trabajo en Neuquén; más puntualmente cuando pasó por calle Pacheco.

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Allí, tras pasar por un "lomo de burro", advirtió la presencia de un carro de carga sin elementos de seguridad, estacionado en un supuesto lugar prohibido. Esto motivó que frenara en forma abrupta deslizándose sobre la cinta asfáltica, para luego chocar en forma violenta contra el extremo izquierdo del carro. El accidente le provocó distintas fracturas.

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Si bien el incidente contó con la cobertura de su aseguradora de riesgos puesto que se tomó como un accidente “in itinere” -es decir en el trayecto entre el trabajo y el domicilio-, el motociclista insistió en la existencia de una prohibición para estacionar carros en ese sitio, por lo que inició una demanda contra el dueño del carro.

Fue así que durante el juicio civil, la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Cipolletti informó que no existía una prohibición específica sobre el estacionamiento en la calle Pacheco 435, salvo la que rige en general para camiones de más de seis toneladas.

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Del informe de la Municipalidad, idéntico al del Concejo Deliberante, surgió una referencia a la adhesión a la ley Nacional de Tránsito en lo que respecta a su artículo 40° inciso j) que no resulta aplicable al caso en cuestión “dado que no se observa que el carro reúna las condiciones fijadas en la norma, tal como se indicó inicialmente, no es un vehículo y no se encuentra acreditado que supere los 13,20 metros para exigir la banda de material retro-reflectivo en color blanco y amarillo”.

En consecuencia, se rechazó la demanda del motociclista y la sentencia consideró que la causa del siniestro fue la falta de circulación con debida atención por parte del conductor, quien no mantuvo un control de su rodado teniendo en cuenta los riesgos propios de la conducción.

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