Asociaciones civiles deberán actualizar este mes el registro de sus asociados
El envío de la documentación se debe efectuar en forma anual antes de la fecha de cierre del ejercicio económico de las referidas asociaciones civiles.
La Inspección General de Personas Jurídicas refirió que las fiscalizaciones realizadas durante varios años permitieron confirmar falta de actualización de los libros legales y contables de las instituciones, especialmente los libros de registro de asociados.
Entre otras fundamentaciones, el organismo señaló que la falta de actualización del libro de registro de asociados, como también la omisión de transcribir las altas y las bajas de socios en el libro de actas, justifican la aplicación de apercibimentos “encontrándose en riesgo los derechos sociales adquiridos de los socios de una institución”.
Mencionó que al momento de confeccionar los padrones para los actos eleccionarios, las incongruencias detectadas derivan en impugnaciones a las asambleas y a las nuevas autoridades electas.
“Para evitar ello y considerando la inexistencia de un marco legal regulatorio en el ámbito nacional, los vacíos en esta materia en los estatutos sociales y las facultades de reglamentación, se resuelve reglamentar un proceso de gran importancia en relación a la seguridad jurídica e intereses subjetivos de los asociados, como lo es el proceso de reempadronamiento”.







