Ratificaron la absolución de joven acusado de instigación al suicidio
Haciendo hincapié en la ausencia de pruebas concretas, el Tribunal de Impugnación provincial ratificó la absolución del joven de Cinco Saltos acusado de instigación al suicidio. El proceso por la muerte de Maira Castillo llegó a juicio oral este año y tres magistrados cipoleños consideraron que el acusado, Bruno Marín, no era culpable del delito que se le atribuía.
La causa, inédita en el ámbito de la Cuarta Circunscripción judicial, se inició el 17 de julio de 2020 tras el suicidio de Castillo. La familia de la mujer mostró sus sospechas por lo sucedido, decidió constituirse en querellante y avanzó con una investigación centrada en Marín. La parte acusadora evaluó que había suficientes elementos para imputarle al joven el delito de instigación al suicidio y a principios de mayo de este año fue llevado a juicio.
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El debate que se desarrolló en los tribunales de Urquiza y España mostró dos posiciones contrarias, con la fiscalía y la querella resaltando que Marín debía ser condenado y, su defensor particular, Rafael Cuchinelli, señalando que no había elementos que revelen su culpabilidad. Finalmente, el tribunal cipoleño coincidió con el representante legal del acusado y tras recalcar la “orfandad argumentativa”, se pronunció por la absolución de Marín.
La fiscalía y la querella decidieron impugnar la sentencia y el viernes, el tribunal integrado por los jueces Miguel Cardella, María Rita Custet Llambí y Carlos Mussi ratificaron el fallo absolutorio elaborado por Julio Sueldo, Rita Lucía y Guillermo Merlo. “No hay una descripción probada de cómo Marín provocó la decisión de Maira Castillo en la instigación o ayuda para la consumación del delito”, enfatizaron los integrantes del Tribunal de Impugnación.
De forma contundente, los magistrados agregaron que “ese convencer o ayudar a otro para que se provoque su propia muerte no aparece probado (certeza positiva) en la conducta de Bruno Marín”.
Más allá de este caso particular, los jueces con asiento en Viedma dejaron en claro que la inducción al suicidio existe y citaron un conocido fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Este Tribunal acepta que una situación de violencia hacía la mujer puede ser una inducción al suicidio (Ver Corte IDH “Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador” 24/6/2020), cuando esa influencia sea determinante y demostrada; cuestión que en este caso no resulta lograda”, destacaron.
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