
Por las personas con discapacidad
El nuevo inciso determina que será obligación de los entes que prestan cobertura social, el reconocimiento de la atención domiciliaria. En tal sentido, por indicación exclusiva del equipo interdisciplinario perteneciente o contratado por las entidades obligadas, las personas con discapacidad recibirán los apoyos brindados por un asistente domiciliario a fin de favorecer su vida autónoma, evitar su institucionalización o acortar los tiempos de internación.
Cides recordó que Río Negro oportunamente adhirió, mediante la Ley 3.467, al «Sistema de Prestaciones Básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad».
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