Su empleada adolescente lo denunció por abuso y zafó con una probation
Tenía 17 años y trabajaba en una rotisería. El patrón confesó que la manoseó y acordó cumplir pautas de conducta y un resarcimiento económico.
Una chica de 17 años que trabajaba en una rotisería de una localidad del Alto Valle denunció a su jefe por manosearla sin su consentimiento. Relató que el hecho ocurrió la noche del 20 de febrero de 2023 cuando se encontraba en la cocina del comercio cumpliendo con sus labores y el hombre, identificado como CSR, se ubicó detrás de ella y le efectuó tocamientos “inverecundos” por arriba de la ropa.
La adolescente lo denunció y el hombre fue imputado por el delito de “abuso sexual simple”. En abril de 2024 el juez de Juicio Marcelo Gómez le concedió al comerciante el beneficio de suspensión de juicio a prueba por el plazo de un año con imposición de pautas de conducta. Además acordó abonarle a la joven un resarcimiento económico.
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En los últimos días se realizó una nueva audiencia en la que el abogado Eduardo Marchiolli pidió el sobreseimiento de su defendido dado que se agotó el plazo establecido y además cumplió las pautas de comportamiento.
Explicó que acató las presentaciones e hizo el curso de masculinidades que le habían ordenado, mientras que no se registraron infracciones por el consumo de bebidas alcohólicas ni drogas y tampoco había cometido nuevos delitos, de acuerdo a un informe recibido del Registro Nacional de Reincidencia.
En tanto que también abonó la reparación económica establecida en alrededor de 40 mil pesos en dos cuotas, según trascendió.
Destacó asimismo que durante el plazo de concesión del beneficio no hubieron denuncias de la víctima por nuevos hechos por parte del rotisero.
El sobreseimiento por el abuso a la adolescente
Por su parte a fiscal Adjunta Julieta Della Chá dijo que dictaminaba a favor del sobreseimiento por el cumplimiento de las reglas fijadas.
Al momento de resolver, la jueza Rita Lucía le otorgó el sobreseimiento a CSR, al aclarar que los magistrados deben ajustarse a lo peticionado por las partes, a lo que sumó el acatamiento de las medidas impuestas al imputado.
"Por lo tanto, resulta que está extinguida la acción penal, que opera de pleno derecho por el mero transcurso del plazo, corresponde obligatoriamente el sobreseimiento respecto del acusado", expresó la funcionaria en su fallo.
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