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Qué pasó con el empleado de la SENAF involucrado en un robo con una camioneta del organismo estatal

El hombre fue atrapado junto a un trabajador del casino por un conmocionante hecho delictivo ocurrido en una casa del barrio El Manzanar. Ambos atravesaron una causa judicial resuelta recientemente.

La madrugada del 9 de junio de 2024 la policía de Cipolletti frustró el robo a una vivienda del barrio El Manzanar. Hasta ahí era una noticia más, pero adquirió carácter de conmoción cuando se supo que uno de los dos involucrados era empleado de la SENAF -Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia- y que, encima, habría utilizado un vehículo oficial del organismo provincial para cometer el delito.

Ambos hombres, identificados como Kevin Braian Díaz Pérez y Daniel Alfonso Soto, fueron imputados por “robo agravado por escalamiento” en audiencia realizadas el mismo día del hecho y el 6 de noviembre, respectivamente.

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Díaz Pérez se presentó como trabajador del casino, mientras que Soto era operario de la dependencia rionegrina. Según la acusación formulada por la Fiscalía, cerca de las 2:20 de la madrugada ambos hombres concurrieron a un domicilio ubicado en inmediaciones de las calles Lisandro de la Torre y Presidente Alvear, a bordo de una camioneta Chevrolet Spin, perteneciente a la Senaf y que estaba asignada a Soto.

Sorprendente operativo en la Senaf

El golpe, se indicó, había sido planificado. Díaz Pérez escaló un portón de 2.20 metros de altura e ingresó a la vivienda. Tras violentar una puerta de la parte posterior se apoderó de una aspiradora eléctrica. Mientras tanto, Soto permanecía en el vehículo estacionado a poca distancia. Le adjudicaron haber cooperado en la ejecución del hecho, mediante la realización de "tareas de alerta y vigilancia" en el lugar.

Díaz Pérez fue atrapado en el lugar, mientras que su cómplice, el empleado estatal rionegrino, cayó tras una investigación realizada por la policía. Imágenes captadas por cámaras de seguridad lograron identificar el rodado, el que luego fue ubicado en la sede de la Senaf, en 9 de Julio 55. El operativo generó enorme conmoción, dado que tenía por objeto el vehículo oficial del organismo que tiene como objeto la "planificación y ejecución de políticas públicas tendientes a garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes", indican en sus redes sociales.

Ambos acusados accedieron a una suspensión de juicio a prueba, el mecanismo legal también conocido como probation, que requiere el cumplimiento de medidas de comportamiento para librarse de la causa judicial en un determinado lapso de tiempo.

En una audiencia realizada el 15 de octubre de 2024, Díaz Pérez, de 25 años de edad, se comprometió a mantener domicilio, no cometer nuevos delitos, presentarse cada dos meses en la Subcomisaría 79 de las 1200 Viviendas y no consumir bebidas alcohólicas ni drogas “en exceso en la vía pública”. Además, propuso pagar 20.000 pesos en concepto de reparación económica, con destino a la cooperadora del hospital Pedro Moguillansky.

Mientras que Soto también ofreció una compensación para el establecimiento sanitario, pero de 50.000 pesos. También le incluyeron el resto de las pautas de rigor: no cometer delitos, mantener domicilio, presentaciones bimestrales en la Oficina Judicial y abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes en exceso y en la vía pública. El acuerdo establecía un plazo de un año para los dos hombres.

El desenlace de la causa judicial

Semanas atrás se llevó a cabo una nueva audiencia en la que la defensa oficial pidió el sobreseimiento de ambos hombres con el fundamento de que se agotó el lapso establecido y también habían cumplido con las reglas de conducta acordadas. El requerimiento contó con el acompañamiento de la Fiscalía.

La jueza María Agustina Bagniole no objetó el planteo de las partes y dictó el sobreseimiento de Díaz Pérez y Soto. Lo fundamentó en que se cumplió el plazo fijado y ambos hombres acataron las obligaciones impuestas.

“En consecuencia, corresponde declarar extinguida la acción penal y desvincular de manera definitiva a los nombrados de esta investigación”, precisó la magistrada que, además, declaró -como se lo exige el Código Penal- que el proceso “no afecta el buen nombre y honor que pudieran gozar los imputados”.

En cuanto a la situación laboral de Soto, fuentes provinciales informaron que el caso había sido elevado para su evaluación a la Junta de Disciplina.

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