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ARCA dará de baja automáticamente a estos monotributistas en junio 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede excluir del monotributo. Cuáles son los motivos y qué hacer para evitarlo en junio 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que a partir de junio 2025 pondrá en marcha una medida que puede traer consecuencias en muchas de las personas inscriptas en el monotributo: quienes tengan incumplimientos en el pago que se extiendan en el tiempo serán expulsados del régimen de forma automática.

La medida responde a la necesidad de reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y asegurar que quienes acceden se incluyen en este régimen realmente cumplan con los requisitos que exige la ley.

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La decisión del ente recaudador afecta tanto a quienes tienen deuda acumulada, como a quienes incumplen otras condiciones que establece el organismo.

Cuáles son los motivos de ARCA para dar de baja a los monotributistas

De acuerdo a las normas del organismo, una de las principales situaciones que puede conducir a la baja automática de los monotributistas es interrumpir el pago de la cuota mensual durante diez meses seguidos. Llegado ese caso, ARCA excluirá del régimen sin necesidad de notificación previa.

En tanto, la persona que se haya quedado afuera por incumplimiento del pago del monotributo deberá esperar tres años para poder volver a darse de alta, contando desde la fecha en que fue apartada del sistema.

Más allá de los pagos, existen otras razones que pueden conducir a que ARCA elimine del monotributo a los aportantes. Entre ellos, se cuentan las siguientes posibilidades:

  • Ingresar más dinero del permitido según tu categoría.

  • Usar un espacio físico mayor al permitido o pagar un alquiler superior al tope establecido.

  • Vender productos a un precio por unidad que supere el máximo admitido.

  • Tener movimientos bancarios o gastos personales que no se condicen con tus ingresos declarados.

  • Realizar operaciones de importación con fines comerciales.

  • Declarar más de tres actividades o tener más de tres lugares de explotación económica.

  • Anunciar que vendés productos cuando en realidad ofrecés servicios.

  • No emitir facturas de manera correcta o suficiente.

  • Pasarte del porcentaje de gastos y compras aceptado para tu actividad (80% en bienes, 40% en servicios).

  • Estar en el registro de empleadores sancionados por irregularidades laborales (REPSAL)

Estos requerimientos apuntan a garantizar que el sistema de monotributo siga siendo un instrumento de inclusión para aquellas personas que trabajan por cuenta propia, aunque "sin convertirse en un beneficio para quienes no cumplen con las reglas".

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¿Cuánto paga un monotributista 2025 por mes y cuánto puede facturar?

  • Categoría A: límite de $ 7.813.063,45 anuales. Total a pagar por mes: $ 32.221,31
  • Categoría B: límite de $ 11.447.046,44 anuales. Total a pagar por mes: $ 36.679
  • Categoría C: límite de $ 16.050.091,57 anuales. Total a pagar por mes: $ 42.951,25 para servicios y $ 41.982,19 para el comercio de bienes.
  • Categoría D: límite de $ 19.926.340,10 anuales. Total a pagar por mes :$ 55.047,33 para servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
  • Categoría E: límite de $ 23.439.190,34 anuales. Total a pagar por mes: $ 55.047,33 en el para servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
  • Categoría F: límite de $ 29.374.695,90 anuales. Total a pagar por mes: $ 77.946,73 para servicios y $ 70.436,50 para el comercio de bienes.
  • Categoría G: límite de $ 35.128.502,31 anuales. Total a pagar por mes: $ 98.096,95 para servicios y $ 84.530,08 para el comercio de bienes.
  • Categoría H: límite de $ 53.298.417,30 anuales. Total a pagar por mes: $ 340.061,68 para servicios y $ 206.815,63 para el comercio de bienes.
  • Categoría I: límite de $ 59.657.887,55 anuales. Total a pagar por mes: $ 626.993,55 para servicios y $ 309.020,04 para el comercio de bienes.
  • Categoría J: límite de $ 68.318.880,36 anuales. Total a pagar por mes: $ 759.420,03 para servicios y $ 377.851,82 para el comercio de bienes.
  • Categoría K: límite de $ 82.370.281,28 anuales. Total a pagar por mes: $ 1.050.323,75 para servicios y $ 456.773,20 para el comercio de bienes.

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