Dueña de garaje debe pagar una moto robada
La denunciada había alegado que alquilaba el espacio para que el rodado no quedase en la vía pública, pero la jueza Peruzzi estimó que su obligación era mayor.
La dueña de céntrico garaje cipoleño deberá indemnizar al dueño de una moto, que alquilaba una cochera de la que fue robado el rodado. Soledad Peruzzi, a cargo del Juzgado Civil 3, condenó a la propietaria de un estacionamiento a pagar el costo de una Honda XR 600 y los gastos derivados del proceso judicial al considerar que le cabe la responsabilidad de resarcir al damnificado.
La denunciante reconoció la existencia de un contrato para la “guarda y la custodia” de una motocicleta marca Honda XR 600, pero alegó que, en realidad, el documento se había confeccionado para poder otorgar una llave de ingreso al propietario del rodado. El locador dejaba su moto en un espacio cerrado, dentro del estacionamiento y era el único que podía abrir la cerradura. Sin embargo, desconocidos ingresaron por el techo rompiendo una ventana y luego la puerta donde estaba la unidad para posteriormente salir del inmueble abriendo la traba interna del portón.
Según afirmó la sentenciada, el alquiler del espacio sólo permitía evitar estacionar el vehículo en la vía pública, desentendiéndose de responsabilidades sobre el resguardo del mismo. “Reduce a ese mínimo lo que aquí se brindó mediante el contrato, señalando las diferencias con los “garajes” de las grandes ciudades en los que dada la modalidad distinta de funcionamiento (entrega de llaves en la cabina de ingreso, otorgamiento de tickets, recibo o facturas con cláusulas predispuestas, entre otros aspectos) que se tratan de verdaderos emprendimientos comerciales, que distan del presente supuesto; y así distingue las responsabilidades que caben en cada caso”, explicó la jueza Civil.
Para la magistrada, en cambio, “se evidencian suficientes elementos como para tener por configurado un contrato atípico, demostrativo de una actividad lucrativa, que más se asimila a un tipo de depósito regular, que a una simple locación de un espacio. La contratación que ofrece es la guarda de vehículos en una cochera, y no la locación de espacios con fines librados a la elección del co-contratista”.
Por esa situación, consideró Peruzzi, la propietaria del lugar debió tomar los recaudos necesarios para brindar seguridad sobre los vehículos de sus inquilinos o contratar un seguro para estar a resguardo. El lugar cuenta con capacidad para 28 vehículos y la habilitación municipal. “Su responsabilidad se funda en el carácter comercial y lucrativo de la actividad que explota”, se consignó en la sentencia.
“En conclusión, y más allá del intento por desligarse de responsabilidades, no alcanza a desdibujarse la característica principalmente onerosa de la prestación, y el desenvolvimiento comercial de la demandada desde hace varios años”, dijo Peruzzi y por lo tanto decidió “acoger la demanda, condenando a la accionada a resarcir al actor por el daño incurrido y el perjuicio sufrido a raíz de la desaparición de la motocicleta que tenía guardada en el garaje”.
El fallo sienta un precedente para el funcionamiento, cada vez más habitual, de cocheras en la ciudad que ofrecen el servicio de guarda por hora o día.
Lo más leído







