La Justicia Federal ordenó a Nación reparar la Ruta 151 de manera urgente: cuáles son los plazos
El Juzgado Federal hizo lugar al amparo colectivo impulsado por Río Negro y los municipios. En un fallo histórico, ordenó a Vialidad Nacional presentar planes de reparación y reconstrucción bajo plazos estrictos.
La Justicia Federal resolvió este miércoles hacer lugar al amparo colectivo presentado por la Provincia de Río Negro, los municipios del Alto Valle y cámaras empresariales contra el Estado Nacional y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), por el deterioro crítico de la Ruta 151, entre Cipolletti y el límite con La Pampa.
El fallo, firmado por el juez Hugo Greca, dispone que Vialidad Nacional elabore en diez días un relevamiento de los puntos más peligrosos del camino y, en noventa días, un plan de acción para su reparación inmediata. Además, le ordena presentar en tres meses un plan integral de mantenimiento o reconstrucción de toda la calzada, que deberá estar en ejecución dentro de los próximos seis meses.
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“Un símbolo del abandono”
La sentencia llega tres meses después de que el gobernador Alberto Weretilneck calificara la situación de la Ruta 151 como “un símbolo del abandono del Gobierno Nacional hacia el interior productivo del país”.
La presentación judicial —realizada el 5 de julio— fue acompañada por los intendentes de Cipolletti, Catriel, Campo Grande, Cinco Saltos y Contralmirante Cordero, la Fiscalía de Estado, la Defensoría del Pueblo y diversas cámaras empresariales.
El reclamo apuntaba a que la Justicia obligara a Vialidad Nacional a cumplir su deber legal de conservación y mantenimiento, garantizando condiciones seguras para el tránsito y para la prestación de servicios esenciales.
La demanda detalló que el deterioro del pavimento afecta a más de 10.000 estudiantes, 2.300 docentes y cientos de traslados sanitarios diarios, además de impactar directamente en la producción petrolera, frutícola y turística del norte rionegrino.
Un fallo que marca responsabilidades
En la resolución, el juez Greca subrayó que la DNV incumplió su obligación legal de conservación de las rutas nacionales (artículo 2° del Decreto 505/58) y que su inactividad pone en riesgo la seguridad vial de miles de personas.
El magistrado señaló que, si bien no se acreditó un uso irregular del Fondo Fiduciario de Infraestructura de Transporte, financiado con el impuesto a los combustibles, sí se probó una “falta de servicio” por parte del Estado Nacional, al no ejecutar obras ni mantener los tramos críticos de la traza.
El fallo detalla que la única obra vigente fue paralizada en octubre de 2023 con apenas un 10% de avance y que la licitación posterior fue dada de baja en 2024, dejando a la ruta sin trabajos de reparación ni señalización.
Durante la inspección judicial realizada el 30 de septiembre en Barda del Medio, el tribunal constató ondulaciones, baches profundos y un deterioro generalizado del asfalto, verificado también por informes provinciales, municipales y policiales.
Plazos y control judicial
La sentencia fija plazos estrictos y control judicial directo sobre las acciones de Vialidad Nacional.
El organismo deberá:
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Elaborar un plan de relevamiento de puntos críticos en 10 días.
Presentar un plan de obras provisorias en 90 días.
Diseñar un plan de reconstrucción total de la calzada, que deberá estar en ejecución dentro de los 6 meses.
En caso de que la DNV alegue falta de presupuesto o imposibilidad técnica, el juez ordenó que deberá documentarlo formalmente, sin dejar de elaborar los planes exigidos.
Las costas del proceso fueron impuestas a la parte demandada y se fijaron honorarios profesionales por más de 3,8 millones de pesos para la representación de los actores.
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