Insólito fallo laboral: debaten un emoji en WhatsApp por un error contable millonario
Se discutió el uso del icono como forma de interpretar una autorización.
Una insólita situación tuvo lugar durante el juicio por una demanda laboral iniciada por la empleada de una farmacia en Viedma. La sentencia abordó la interpretación de un emoji durante una conversación de WhatsApp. El fallo laboral rechazó la demanda, ya que se demostró la validez del despido.
El caso tuvo como eje central analizar la causa del despido de la empleada , debido a la falta de registro y compensación de las notas de crédito emitidas de un proveedor desde agosto hasta noviembre de 2023.
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Según la pericia contable, este error administrativo le costó 2,2 millones de pesos a los propietarios de la farmacia. Este perjuicio directo se podría haber evitado si se compensaban los saldos a favor, lo que llevó a abonar los saldos completos. El error fue considerado grave ya que constituía un manejo rutinario administrativo.
El tribunal destacó que el total del monto equivalía a casi cinco salarios brutos de la trabajadora. Además, la situación agravó los problemas financieros que tenía la farmacia ante la alta inflación.
“El mismo hecho, la misma falta, puede resultar una injuria de gravedad suficiente en un caso y no serlo en otro”, sostuvo el fallo. La sentencia también destacó que la omisión no podía ser tratada como un error menor.
La ex trabajadora reclamó más de 14 millones de pesos por sanciones que consideró injustificadas, despido sin causa y otros conceptos. Sin embargo, la Cámara resolvió admitir el pago de un poco más de 800 mil pesos en concepto de días de suspensión y licencia médica con intereses, que representa un monto mínimo de lo pretendido.
El emoji cuestionado
Durante el juicio, una de las cuestiones que se analizó fue el uso de un emoji de WhatsApp durante una conversación entre la empleadora y la trabajadora. La empleada interpretó un icono de pulgar para arriba como un “Bue… está bien” pero la sentencia advirtió que no implicaba una autorización.
La sentencia se basó en un precedente de la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que señaló a estos símbolos “utilizados frecuentemente en la comunicación digital para transmitir emociones y conceptos. No obstante, su valor probatorio en un juicio el limitado".
Por esta razón, “la interpretación de un emoji es subjetiva, puede varias según la cultura y fundamentalmente depende del contexto en el que se utilice”. Para la Cámara este criterio esta aplicable a este caso laboral, ya que no contituyen una autorización ni aceptación formal de acciones.
En efecto, este elemento digital no modificó la validez del despido ni el análisis del perjuicio económico por más de 2 millones de pesos causado a la empresa farmacéutica.
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