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Deudores alimentarios: una ciudad del Alto Valle incorporó restricciones inéditas a los morosos

Se sancionó una ordenanza de registro de deudores alimentarios que marca una nueva avanzada contra quienes están en el listado.

Campo Grande marcó una nueva avanzada contra los deudores alimentarios: prohibió su acceso a cargos electivos en los poderes Ejecutivo, Legislativo y de Contralor, y su participación en espectáculos deportivos. La ordenanza, publicada la semana pasada en el Boletín Oficial de Río Negro, incorpora un conjunto de restricciones más amplias que las adoptadas en los últimos años por las ciudades del Alto Valle.

Según consignó el sitio Literal.ar, el municipio gobernado por Daniel Hernández oficializó la ordenanza 72/25, que establece la obligatoriedad de presentar un Certificado de Libre Deuda Alimentaria para concretar una serie de trámites y actos administrativos. La información se verifica a través del Registro de Deudores Alimentarios (REDAM), actualizado diariamente por la Dirección de Registro Civil de Río Negro.

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Según el artículo 5, el certificado será requerido en trámites iniciados tanto por personas humanas como jurídicas. En caso de que el solicitante se encuentre en situación de morosidad —es decir, adeude total o parcialmente tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme—, el trámite será denegado.

Entre los procedimientos alcanzados se incluyen:

• Obtención y/o renovación de licencia de conducir.

• Obtención de concesiones para explotación comercial o prestación de servicios.

• Obtención de habilitaciones comerciales y/o industriales.

• Cambio de titularidad de habilitaciones comerciales o industriales.

• Inscripción como proveedores municipales.

• Acceso a terrenos o viviendas sociales.

• Acceso a cargos electivos y a cargos de funcionarios de los poderes Ejecutivo, Legislativo y de Contralor.

• Designación de agentes y funcionarios municipales.

• Ingreso a espectáculos deportivos públicos o privados realizados dentro del ejido municipal.

Los fundamentos

Respecto del acceso a cargos electivos, la Junta Electoral local deberá invitar a los partidos políticos a exigir el certificado de libre deuda alimentaria a todos los postulantes. La presentación de esta constancia se transforma así en un requisito indispensable para la habilitación de candidaturas.

La ordenanza también determina que no serán designadas como agentes o funcionarios municipales —bajo ninguna modalidad prevista— las personas incluidas en el REDAM. Antes de la designación deberán presentar el certificado correspondiente, que además deberá renovarse una vez por año.

deudores alimentarios

“Avanzar con esta norma es positivo en cuanto complementaria de las judiciales para reprimir al alimentante moroso, cuya desaprensión no conoce límites, ya que se aprovecha de una muy tibia jurisprudencia penal en materia de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, que deja sin sanción a numerosos deudores crónicos, cuya conducta no alcanza a configurar delito”, argumenta el texto.

La ordenanza añade, asimismo, que “de ninguna manera un ciudadano que pretenda ligarse con el sector público puede dejar de cumplir con su obligación alimentaria hacia sus hijos”, reforzando la idea de que el Estado debe acompañar y garantizar la vigencia del interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Los normativas vigentes en otras localidades

La creación de registros y la aplicación de inhabilitaciones para morosos alimentarios no es una novedad en el Alto Valle: su adopción por parte de los Concejos Deliberantes se fue dando de manera paulatina a lo largo de la última década. Sin embargo, lo que resulta llamativo en el caso de Campo Grande es la incorporación explícita de este requisito para acceder a cargos públicos electivos y espectáculos deportivos, algo que no aparece contemplado —al menos de forma expresa— en las ordenanzas de ciudades de mayor tamaño.

La primera localidad en avanzar con regulaciones de este tipo fue Cipolletti, que en 2018 modificó el artículo 9 del Estatuto del Empleado Municipal. Desde entonces, la normativa establece que estarán “absolutamente impedidos” de ingresar a la administración pública quienes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios, contemplado en la Ley Provincial N° 3.475.

deudores alimentarios lista

En Roca, el Concejo Deliberante sancionó en 2022 la Ordenanza N° 5.006, que fija como condición para la realización de diversos actos administrativos y la obtención de beneficios municipales que el solicitante no figure en el Registro de Deudores Alimentarios. El certificado de libre deuda se exige para:

a) El otorgamiento o renovación de licencias de comercio e industria.

b) La inscripción como proveedores municipales.

c) El acceso a terrenos o viviendas sociales y a ayudas económicas.

d) La designación como agente municipal, personal de gabinete, funcionario/a o el ingreso a planta permanente.

Aunque en Roca la normativa no prohíbe de manera taxativa el acceso a cargos electivos, sí invita a los partidos políticos a requerir el certificado de libre deuda alimentaria como condición para habilitar postulaciones, un mecanismo que abre la puerta a un control similar al de Campo Grande, aunque sin convertirlo en una obligación directa.

Un año antes, en Regina, se había implementado la consulta previa y obligatoria al Registro de Deudores Alimentarios para avanzar con trámites como la renovación de la licencia de conducir, la obtención de concesiones para explotación comercial o prestación de servicios, las habilitaciones comerciales y/o industriales y la designación de agentes y funcionarios municipales.

El panorama en Río Negro

A nivel provincial, el Registro de Deudores Alimentarios de Río Negro está vigente desde el año 2000, creado por la Ley D N° 3475. El sistema reúne a todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas. La incorporación o baja en el registro se dispone por orden judicial, ya sea de oficio o por pedido de parte.

Según la actualización del 14 de noviembre, en la provincia había 1.338 personas inscriptas en el REDAM. Roca encabeza el listado con alrededor de 280 morosos, convirtiéndose en la localidad con mayor cantidad de inscriptos. Le siguen, empatadas, Viedma y Regina, con 176 personas cada una. En tercer lugar se ubica Cipolletti, con unas 111 personas, y más atrás Bariloche, con 92.

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Las restricciones hacia los morosos alimentarios cuenta con importantes avances en otros puntos del país. Sin ir más lejos, la Legislatura de Neuquén trataba semana atrás una proyecto de ley para no puedan ingresar a los espectáculos pagos quienes incumplan con la cuota de sus hijos.

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