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Caso Gatti: pedido para bajar la condena por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil

Hoy se realizó una audiencia en Roca donde la defensa del periodista expuso sus argumentos. La fiscalía solicitó la confirmación de la condena.

Durante la mañana de hoy, la fiscalía reafirmó los argumentos vertidos durante sus alegatos de pedido de pena, y retomó la sentencia de declaración de responsabilidad que pesa sobre el conductor televisivo, Emiliano Gatti, quien fue condenado a seis años de prisión efectiva por “tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil”.

En los tribunales de Roca se realizó una audiencia donde la defensa del periodista presentó sus argumentos ante el Tribunal de Impugnación.

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De esta manera, y ante los agravios presentados por la defensa particular, el Ministerio Público Fiscal señaló que “se llegó al objetivo-en este caso el condenado-, a través de su IP, informada por ICACCOPS (Internet Crimes Against Children Child On-line Protection Systems), que identificó la trasmisión de MASI, a través de una red peer to peer. No existió ningún tipo de violación de la intimidad de nadie”.

En cuanto a la prueba -dijo la fiscal jefe interviniente- “el testigo que trajo la defensa al debate intentó desvirtuar los testimonios científicos proporcionados por la fiscalia, a través de los técnicos David Baffoni de la Oitel y Gastón Semprini del Departamento de Informática Forense, cuestiones que fueron valoradas por los jueces en la sentencia”

“A través de esas dos declaraciones, pudimos desbaratar la intención de la defensa de querer descargar en otro la responsabilidad del imputado. No es menor que el Tribunal, luego de acceder a la pericia de la computadora, concluyó que el señor conocía E-mule, y fue en ese análisis científico que se verificaron los últimos accesos al material, y que no hubo otra persona responsable”, agregó la fiscalía.

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La fiscal explicó que “no hay que confundir distribución con facilitación, porque ésta última es proporcionar los medios o la ayuda para que personas accedan a ese material. Con las pericias técnicas, llegamos a la conclusión de que este hombre conocía cómo funcionaba el programa y para qué lo estaba descargando”.

“La sentencia no carece de falta de motivación, ni de fundamentación, y mucho menos puede ser atacada por arbitraria. Sólo se expusieron discrepancias subjetivas en la argumentación. Por ello solicitamos que se rechacen todos los planteos formalizados en esta audiencia por la defensa y se confirme la condena en su totalidad”, concluyó la fiscal, acompañada por la parte querellante.

El Tribunal de Impugnación tiene 20 dias para comunicar su resolución.

Juicio y condena

En la primera etapa del juicio, que se realizó en mayo, Gatti fue condenado por 50 videos con imágenes de abuso sexual infantil que estaban descargados en su computadora personal y en otros dispositivos electrónicos secuestrados en su vivienda. Los videos fueron descargados y puestos a disposición de otros usuarios en la plataforma E-Mule

Para declarar la responsabilidad, el Tribunal declaró “contundente y decisiva la prueba científica y técnica” presentada en el juicio.

Los jueces también señalaron la gravedad de los delitos acreditados, al afirmar que la simple tenencia de ese tipo de videos “favorece el crecimiento de este mercado, dado que la demanda de material incentiva la comisión de más abusos”.

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Emiliano Gatti fue encontrado responsable del delito de tenencia y facilitación de imágenes de abuso de sexual infantil.

Emiliano Gatti fue encontrado responsable del delito de tenencia y facilitación de imágenes de abuso de sexual infantil.

El veredicto reseñó que la investigación comenzó en el área de Cibercrimen del Departamento de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en agosto de 2022.

Ese equipo realizó una pesquisa en las plataformas ICACCOPS y CPS para detectar usuarios que compartieron material de abuso sexual infantil entre junio de 2021 y agosto de 2022. Así se activó el protocolo de investigación que finalizó con el allanamiento del 15 de noviembre de 2022 en la vivienda del acusado.

Las pericias acreditaron que los videos fueron abiertos y visualizados en la PC desde el mes de agosto de 2022 hasta unos pocos días antes del allanamiento.

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