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Piccinini solicitó intervención al Consejo de la Magistratura en caso Flavors

La Defensora del Pueblo expresa que a partir de toda la documental presentada en su oportunidad no tiene dudas que "resultan suficientes, completos y acabados los argumentos respecto de las responsabilidades que le caben al doctor Pedro Funes" por su actu
Cipolletti.- Ante la eventual dilatación de la investigación respecto la actuación procesal del Juez Pedro Funes, la Defensora del Pueblo de Río Negro, Ana Piccinini, solicitó al Presidente del Consejo de la Magistratura su intervención.
Debido a que se encuentra próximo a su vencimiento y al no haber avances de investigación en la causa -que hoy está a cargo del Instructor Edgardo Albrieu- la Defensora del Pueblo Ana Piccinini, le solicitó al Presidente del Consejo de la Magistratura, Luis Lutz, que intervenga.
El objetivo es que no se retrase más la investigación de los hechos que involucra al Juez que tuvo, desde un comienzo en su despacho, la reconocida causa Flavors.
En su nota Piccinini expresa que a partir de toda la documental presentada en su oportunidad no tiene dudas que "resultan suficientes, completos y acabados los argumentos respecto de las responsabilidades que le caben al doctor Pedro Funes" por su actuación procesal en la causa Flavors.
"Preocupa a esta Defensora del Pueblo que se alarguen los plazos, dilaten las resoluciones y profundicen las demoras".
Piccinini manifiesta en su nota, dirigida al doctor Lutz, que se "utiliza como argumento la `licencia por enfermedad´ solicitada por el Juez, circunstancia que resulta claro en la reglamentación de la ley, no influye en la Investigación Preliminar (art. 31 de la ley 2434 y su reglamentación); como así tampoco en el inicio del sumario (art. 32 de la misma normativa)".
En este sentido la Defensora Piccinini expresa que la Investigación Preliminar tiene como finalidad "el esclarecimiento de los hechos denunciados. La misma deberá concluirse en un plazo máximo de noventa (90) días, a contar desde la fecha de avocamiento". Continúa la Defensora: "para su cumplimiento se designará -tal cual ocurrió aquí- un Instructor Sumariante quien elevará un informe a la autoridad competente; pudiéndose incluso, solicitar a la misma la suspensión preventiva del Magistrado".
"Iniciado el sumario el mismo no podrá suspenderse" y sólo la "declaración judicial de incapacidad, que impida al denunciado concurrir a la sustanciación" permitirá, excepcionalmente, dilatar el procedimiento hasta la designación de un representante legal o Defensor Oficial en caso de incumplimiento.
"Entonces -manifiesta la Dra. Piccinini- Nunca puede suspenderse el procedimiento atento el interés público involucrado y el principio de transparencia en el ejercicio de la función judicial".
Para finalizar su nota la Defensora del Pueblo destacó: "la Investigación Preliminar, tiene como finalidad el "esclarecimiento de los hechos denunciados" por parte del Instructor, incluso sin preverse el traslado al sindicado como responsable, quien intervendrá de manera cierta y oportuna al momento de la sustanciación del sumario donde se prevé el mecanismo analizado, a los efectos de garantizarle el derecho de defensa".