Cannabis medicinal y nueva reglamentación: quiénes podrán inscribirse al Reprocann
El gobierno nacional actualizó las condiciones para la inscripción en el Registro del Programa Cannabis, la investigación, producción y acceso a este tipo de productos terapéuticos. Quieren poner un freno a los "usos indebidos". Mirá.
Tras la polémica y la incertidumbre por lo que pasaría con los permisos para cultivar cannabis medicinal, finalmente el gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud, estableció los nuevos requisitos para la inscripción al Registro Nacional de Cannabis (REPROCANN). El objetivo de la nueva normativa, que deroga la Resolución Ministerial N° 3132/2024, es mejorar la trazabilidad y la seguridad del circuito de producción y acceso a productos derivados del cannabis, asegurar el uso terapéutico y/o medicinal previsto en la Ley 27.350 y evitar los usos indebidos o abusivos de las herramientas del sistema, particularmente de la figura del “tercero solidario” con fines de comercialización.
De acuerdo a lo establecido por la nueva normativa -Resolución 1780/2025-, se distinguen tres categorías de inscripción en el Registro: autocultivador, terceros cultivadores y persona jurídica autorizada.
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En la de autocultivador podrán inscribirse los usuarios o pacientes que cuenten con indicación médica para el uso de cannabis medicinal terapéutico o paliativo. "Es importante tener en cuenta que los usuarios podrán ser representados por un familiar en primer o segundo grado de consanguinidad, tutor, curador, o representante legal con acreditación de tal carácter", se apuntó.
Quiénes podrán ser "terceros cultivadores"
Quienes lo hagan en la categoría terceros cultivadores no deberán tener antecedentes penales con sentencia firme por los delitos previstos en la Ley de Estupefacientes (Ley N° 23.737). Sólo podrán cultivar para sí mismos y para un único usuario adicional (quien deberá dar conformidad y renunciar ser autocultivador o a vincularse con una persona jurídica) sin exceder el doble del rango de cultivo de un autocultivador. Además tendrán que presentar un informe cromatográfico por lote producto e informes semestrales con la cantidad total de plantas y el tipo de genética utilizada.
En la categoría de personas jurídicas autorizadas, podrán registrarse las asociaciones civiles, fundaciones que integran proyectos de investigación y desarrollo aprobados en el marco de la Ley N° 27.350. Para obtener el permiso deberán inscribirse previamente en el Registro de Sustancias Sujetas al Control Especial, contar con un director médico que supervise la seguridad en el proceso, la calidad de los productos y el cumplimiento de las normativas sanitarias y éticas, con un responsable técnico que se adecúe a la actividad específica (área de producción agrícola o investigación científica vegetal) y un plan de cultivo.
Se destacó que los profesionales de la medicina que intervengan deberán estar registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con formación académica para la investigación y el tratamiento médico con cannabis medicinal.
Solo variedades genéticas registradas
En todos los casos, será requisito excluyente la utilización de variedades genéticas previamente registradas. "Esta medida tiene por finalidad fortalecer la trazabilidad del cultivo, garantizar la estabilidad y previsibilidad en la composición de los productos derivados, y asegurar la coherencia con los estándares científicos y sanitarios establecidos por la normativa vigente", se precisó.
Finalmente, los permisos continuarán teniendo una vigencia de tres años para autocultivadores pero pasarán a tener vigencia de un año para las organizaciones no gubernamentales con obligación de renovación y revisión médica. El Ministerio de Salud de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación, podrá dejarlos sin efecto ante cualquier irregularidad o pedido de una autoridad judicial, se aclaró.
"A partir de su publicación en el Boletín Oficial, se abre un plazo de seis meses para adecuarse a los nuevos requisitos. De no hacerlo, se dará de baja a los permisos otorgados y, en algunos casos, se podrá hacer lo mismo con los proyectos en desarrollo", se indicó finalmente.
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