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La Anmat prohibió un alcohol en gel, dos harinas de trigo y un salame

Las tres disposiciones fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de dos harinas de trigo, un alcohol en gel y un salame picado grueso, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

A través de la disposicion 4710/2020 el organismo prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de dos productos rotulados como: "Harina de trigo tipo 000 marca Guapa, Alimentos Paberfra SA, parcela 33 de la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N° 02-0333.789, RNPA N° 02-50002" y "Harina de trigo tipo 000 marca Bonita, Alimentos Paberfra SA, parcela 33 de la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N° 02-0333.789, RNPA N° 02-50002" por encontrarse falsamente rotulados y resultar, en consecuencia, productos ilegales.

"No pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", precisó la entidad.

Por otro lado, bajo la resolución 4711/2020 la ANMAT prohibió el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes, en todas sus presentaciones y contenidos netos, del producto rotulado como: "PROGEL Alcohol en gel- Chemical GMD- Industria Argentina- Uso profesional: producto neutro especialmente formulado para ser utilizado en la desinfección de manos".

El organismo que informó que el producto se encontraba publicado a la venta como "certificado por ANMAT", pero no se halló ningún producto cosmético inscripto que responda a esos datos.

Por último, el ente regulador prohibió la comercialización del producto rotulado como "Salame picado grueso, marca La Técnica, elaborado por Claudio Pérez, RNE Nº21-024237, RNPA Nº 21-0656526", como así también todo producto en cuyo rótulo se indique el RNE N° 21-024237 y RNPA N° 21-0656526", dado que se trataría de un producto falsificado.

Lo hizo a partir de la desposición 4713/2020, en la cual precisó que el producto "carece de autorización de establecimiento, de producto y está falsamente rotulado al declarar números de registro inexistentes, resultando en consecuencia ilegal".

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