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Investigan acoso a una menor a través de Internet

Un adulto fue procesado por la Justicia, aunque la defensa asegura que no hay pruebas del hecho.
La investigación avanzó sobre la figura del "grooming": el contacto de adultos con menores vía web con fines de abusos sexuales.
 
La Justicia cipoleña procesó a un comerciante acusado por la madre de una menor de edad de haber cometido un delito sexual a través de Internet. Se investiga el presunto acoso de un hombre mayor de edad, que rondaría los 40 años, a una niña que actualmente tiene 14 años, a través de Internet.
Según la denuncia, el hombre se hizo pasar por un adolescente de la edad de la menor para mantener contacto vía chat y luego le envió imágenes obscenas y efectuó una comunicación a través de una cámara web. Presuntamente, habría intentado, además, concretar un encuentro personal con la menor.
La defensa del hombre -cuya identidad se mantiene bajo estrictra reserva, al igual que la de la víctima- rechazó la imputación. Sin embargo, la jueza Alejandra Berenguer procesó al denunciado como presunto autor penalmente responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por mediar engaño en concurso ideal con exhibiciones obscenas.
La querella había solicitado que se le dicte la prisión preventiva, aunque la magistrada cipoleña no adoptó esa medida, aunque sí le impuso al hombre el cumplimiento de una serie de medidas para mantener la libertad, entre ellas el pago de una caución.
A pesar del procesamiento, la defensa aseveró que no hay pruebas que comprometan al imputado y se supo que cuestionan la fortaleza de las imágenes utilizadas como medida probatoria. Se habría planteado que no es posible identificar a una persona -en relación al imputado- a través de esas imágenes.
En parte, la acusación avanzó por la tipificación de un delito de "acoso" a través de Internet. Sin embargo, la legislación en la temática no es muy profunda por lo que la senadora cipoleña María José Bongiorno presentó en el Congreso un proyecto de ley por el cual serán reprimidos con la pena de reclusión o prisión de tres a diez años quienes, utilizando medios electrónicos, perturbaren a menores de 18 años con fines de someterlos sexualmente.
La iniciativa busca la tipificación de lo que hoy comúnmente se llama “grooming”, una práctica que ha estado aumentando a la luz de la tecnología y que consiste en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con un niño a través de Internet, con la intención de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un encuentro sexual, posiblemente por medio de abusos, justamente la situación denunciada en Cipolletti.