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Figueroa no declaró en el inicio del juicio por abuso

El acusado se reservó el derecho de testimoniar en otra de las audiencias. Hoy habrá cinco testigos.
Mujeres de la Multisectorial contra la Violencia de Género se manifestaron frente a los tribunales cipoleños.
 
Con una manifestación en el exterior de Tribunales, aunque sin mayores complicaciones, se puso en marcha ayer el juicio que lleva adelante la Cámara Segunda del Crimen en contra de Rubén Figueroa, un instructor de taekwondo de Cinco Saltos. El hombre está acusado de abuso sexual de una alumna menor de edad (habría tenido 11 años al momento del hecho).
Por la concentración convocada por la Multisectorial contra la Violencia de Género, en el exterior de la sede de la Justicia Penal cipoleña hubo un importante despliegue policial. En el lugar hubo pintadas y un escrache a Figueroa y otros acusados de cometer abusos sexuales.
Dada la manifestación, el juicio se trasladó a la sala de Audiencias de la Cámara Criminal Primera, informaron desde el Poder Judicial. El juicio se desarrolla a puertas cerradas porque uno de los implicados –la víctima- es menor de edad y se trata, además, de un delito de instancia privada.
La acusación que pesa sobre Rubén Figueroa es por el delito de abuso sexual simple agravado por ser el encargado de la educación de la víctima. Según la acusación, el instructor realizó “tocamientos” en los genitales de la menor, algunos de ellos tras obligarla a quitarse prendas de vestir. Utilizaba como excusa la práctica de ejercicios de elongación en momentos en los que se encontraba solo con la niña. Con la misma metodología abusó de otra niña, por cuyo caso ya fue condenado por la Justicia.
Tres testigos comparecieron ante el Tribunal. En tanto que el acusado sólo se remitió a la declaración realizada en la etapa de Instrucción de la causa y se reservó para ampliar sus argumentos más adelante.
Según el cronograma de audiencias, el debate continuará hoy. Hay cinco testigos citados a declarar, a partir de las 9. En tanto que la Multisectorial mantiene su convocatoria para repudiar los casos de abuso sexual y violencia de género frente a la sede judicial de España y Urquiza.

El STJ denegó su recurso federal por el primer proceso

Los jueces rechazaron una presentación realizada en contra de la sentencia que condenó a Figueroa a prisión en suspenso.
 
El Superior Tribunal de Justicia dio a conocer ayer la resolución que deniega el recurso extraordinario federal para que la primera causa contra Rubén Figueroa –abuso sexual agravado reiterado por ser encargado de la educación- sea reexaminada.
Entre los antecedentes de la causa figura que el 16 de noviembre de 2010 el Superior Tribunal de Justicia declaró formalmente inadmisible el recurso de casación presentado por el fiscal de Cámara contra la sentencia, del 12 de marzo de ese año, dictada por la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti, que condenó a Figueroa a tres años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por ser encargado de la educación reiterado.
Contra la resolución del STJ, el fiscal general del Poder Judicial, Edgar Echarren, interpuso el recurso extraordinario federal.
El Tribunal cipoleño tiene por acreditado que entre el 27-07-2007 y el 11-09-2007, Figueroa, en su carácter de profesor de taekwondo, abusó sexualmente de una nena de 11 años durante un hecho que ocurrió en la galería cubierta de la Escuela Nº 291 «Dr. Arturo Illia», de Cinco Saltos.
Según el expediente judicial difundido hoy, surgen contradictorias acerca de la cantidad de supuestos hechos aberrantes contra la menor, más precisamente su periodicidad y gravedad.
 “El tiempo establecido por el juzgador es notoriamente inferior al alegado por el Ministerio Público Fiscal en su casación, aunque éste se limita a señalar una inobservancia de la ley sustantiva ateniéndose a los hechos acreditados; del mismo modo, tampoco esgrime que los abusos hayan sido en cada uno de los días de la semana en que la menor concurría a las clases con el imputado ni se agravia en cuanto a la modalidad que asumía el tocamiento acreditado”, se planteó.
“El fiscal de Cámara no presenta una crítica concreta y eficaz contra lo decidido por el Tribunal; además porque éste prioriza el concepto de ´fugacidad´ -en referencia a tocamientos fugaces-, lo que no puede ser tachado de arbitrario en cuanto se opone a la idea de un ultraje grave por razones de tiempo y por tanto propio de la figura básica", mencionaron los jueces.