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Confirman sentencia por secuestro

El STJ ratificó los tres años de cárcel para uno de los implicados en un hecho ocurrido en Cipolletti, en 2006.
La Justicia provincial confirmó la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti que impuso tres años de cárcel a un sujeto que, junto con tres cómplices, interceptó a una mujer y la mantuvo rehén un tiempo bajo amenazas de muerte. La acción fue desbaratada por la Policía que detuvo a los secuestradores, entre quienes había una mujer.
El hecho ocurrió en septiembre de 2006, cuando según la acusación judicial Marcos Ricardo Reyes y otros tres sujetos interceptaron a LM Rodríguez y la obligaron a ascender a la parte trasera derecha de un automotor, ubicándose aquél a su lado en el medio del asiento trasero y sujetando la puerta para impedir la fuga.
Se consideró probado que, en un momento determinado, la mujer que viajaba en el asiento delantero derecho tomó a la víctima de los cabellos, mientras le decía “dónde está el vehículo, te vamos a hacer boleta; vamos a llevarte a un descampado, vamos a violarte igual que a la otra flaca, donde está el cementerio te vamos a hacer boleta”, y la requería además por el esposo de la víctima y reclamaba el auto, pero observaron un patrullero, al que intentaron eludir, a pesar de lo cual fueron interceptados por personal policial, en cuya consecuencia el imputado y sus cómplices abandonaron el accionar delictivo.
Ese hecho quedó caratulado como privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencias o amenazas.
Por su parte, la defensa del imputado sustentó, entre otras consideraciones, que la prueba es insuficiente para condenarlo y que actuó más como un espectador o mediador que como actor. En este sentido, dijo que “la propia víctima y los testigos fueron coincidentes acerca de quién la agredió” y agregó que Reyes sólo intentó resguardar la integridad física del sujeto pasivo, obrando sin dolo.
En este contexto, el juez Luis Lutz observó que “no se advierte cuál es la actividad reparadora que se solicita a este Tribunal, dado que -aunque sea obvio decirlo- el imputado “ya se ha sentado en el banquillo” y perdido de obtener un sobreseimiento previo al debate que se quiere evitar”.
Y agregó que “el mérito probatorio de lo actuado en la primera etapa del proceso ya fue sometido a control de los jueces de sentencia, de modo que resulta inútil o tardío todo reclamo a este cuerpo (STJ) para evitar lo ya sucedido”. Lutz también aseguró que - el intento de darse a la fuga pone en evidencia un estado de ánimo propio de quien comete un ilícito.