Qué pasa si todavía no te pagaron el aguinaldo y cómo hacer un reclamo legal
Cuando el empleador no deposita el aguinaldo dentro del plazo establecido, el trabajador cuenta con herramientas para reclamar. ¿Ya pasó la fecha límite?
Con la llegada de julio, muchas personas en relación de dependencia todavía no recibieron el pago correspondiente al primer medio aguinaldo. Este beneficio, también llamado Sueldo Anual Complementario (SAC), representa el 50% del salario más alto que un trabajador percibió en el semestre.
La ley nacional establece que el aguinaldo debe abonarse en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre. Según la Ley 27.073, el plazo para efectuar el pago vence el 30 de junio. No obstante, el marco legal contempla una extensión de hasta cuatro días hábiles adicionales, lo que permite a los empleadores depositar el monto correspondiente hasta el 4 de julio sin incurrir en infracción.
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Este período extra funciona como un margen operativo, pensado para quienes procesan pagos de forma escalonada. Sin embargo, una vez cumplido ese plazo, todo retraso se considera incumplimiento legal.
Qué hacer si el empleador no paga a tiempo
Cuando el empleador no deposita el aguinaldo dentro del plazo establecido, el trabajador cuenta con herramientas para reclamar. Lo primero es verificar si el 4 de julio cayó dentro de los días hábiles del año en curso. En ese caso, hasta esa fecha puede realizarse el pago sin penalidades. Pero superado ese límite, corresponde accionar formalmente.
Los pasos sugeridos son los siguientes:
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Consulta directa: el primer paso consiste en comunicarse con el área de Recursos Humanos o con el empleador para consultar si existe alguna demora administrativa o técnica.
Reclamo formal: si no hay respuesta o el inconveniente persiste, se puede enviar un correo electrónico o una carta documento exigiendo el pago inmediato del aguinaldo, citando el artículo correspondiente de la Ley de Contrato de Trabajo.
Reclamo administrativo: si el empleador continúa sin cumplir con su obligación, el paso siguiente es presentar una denuncia ante la Secretaría de Trabajo, que depende del Ministerio de Capital Humano. El reclamo puede ser individual o grupal, y no requiere la asistencia previa de un abogado.
Además del pago atrasado, el trabajador puede solicitar intereses por mora si logra demostrar el incumplimiento. En casos más graves, cuando se prueba una conducta reiterada o de mala fe, el empleador podría afrontar sanciones adicionales.
Cómo se calcula el aguinaldo de junio
El aguinaldo no se calcula como un porcentaje fijo del salario actual, sino que depende de la mejor remuneración mensual del semestre. Para quienes trabajaron los seis meses completos, el cálculo es directo: el 50% del salario más alto percibido entre enero y junio.
En cambio, si la persona ingresó a mitad de semestre o tuvo interrupciones en su vínculo laboral, el monto se ajusta de forma proporcional. En esos casos, se utiliza una fórmula sencilla:
-(Salario más alto / 12) × cantidad de meses trabajados
Por ejemplo, si una persona ingresó en marzo y su mejor sueldo fue de $600.000, el cálculo sería: (600.000 / 12) × 4 = $200.000.
Este adicional alcanza a trabajadores registrados del sector público y privado, así como a jubilados y pensionados. No lo reciben quienes están fuera del sistema formal, salvo en acuerdos laborales particulares.
En todos los casos, el empleador debe dejar constancia del monto abonado en el recibo de sueldo. Ante cualquier duda, también puede consultarse el recibo digital o acceder al detalle a través del sistema Mi ANSES o Mi AFIP, según corresponda.
El aguinaldo forma parte del salario. No es un bono, ni un beneficio optativo. Su cumplimiento está regulado por ley y, en caso de incumplimiento, existen mecanismos para exigirlo. Conocer los plazos, el método de cálculo y los canales de reclamo permite ejercer ese derecho sin rodeos.
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