Los detalles del decreto del toque de queda nocturno
El decreto será publicado tras la firma de Alberto Fernández y delega en las provincias las restricciones nocturnas para bajar los casos de coronavirus.
El Gobierno nacional explicó en conferencia de prensa cuáles son los parámetros de nuevos casos de coronavirus que deberá tomar cada jurisdicción, sea provincia o ciudad, para plantear nuevas restricciones nocturnas. Si bien el DNU que será firmado por el presidente Alberto Fernández no obliga a los gobernadores y gobernadoras a imponer las restricciones, el Gobierno aseguró que hubo acuerdos entre los mandatarios y los especialistas en la reunión del miércoles, por lo que ahora habrá que ver quiénes lo cumplen.
El decreto tiene dos claves, que son los números de casos de coronavirus que deberán tener como parámetros las provincias para resolver restricciones nocturnas. Uno es la Razón: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra).
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El segundo se llama Incidencia, y es cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.
Tomando en cuenta esos parámetros epidemiológicos, muchas ciudades del país deberían adoptar el toque de queda nocturno. El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, mencionó a Mar del Plata y a Pinamar, dos ciudades turísticas de la costa atlántica que ya cumplen con esos parámetros y deberían aplicar restricciones. Pero las ciudades que lo superan son muchas más.
En Mar del Plata hay 800 mil habitantes, por lo que en 14 días no debería superar los 1200 casos (menos de 85 casos diarios). En el último reporte, el jueves, hubo 317 nuevos contagios de coronavirus.
EL DECRETO DE LAS RESTRICCIONES NOCTURNAS
Teniendo en cuenta:
Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19
Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.
El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:
1 RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)
2 INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150
En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.
El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.
El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.
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