Condenan a empresa constructora a pagar por los servicios de seguridad
La constructora no quiso pagar porque responsabilizó a la vigilancia por un incendio en la obra del Tercer Puente que afectó maquinarias. Le adeudaba casi $100 mil.
La justicia cipoleña condenó a una constructora que estuvo a cargo de las obras en el Tercer Puente a pagar casi $100 mil a la empresa que realizó la seguridad del predio. La constructora se había negado a pagar porque los acusó de ser responsables de un incendio que afectó a las maquinarias.
Según informaron, la jueza civil condenó a una firma constructora a pagar la suma de 91.277,78 pesos más intereses a la empresa de seguridad Security S.R.L por los servicios prestados en la obra del Tercer Puente desde el mes de febrero de 2011 hasta la facturación del mes de julio de ese mismo año.
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El fallo aún no está firme porque puede ser apelado por las partes.
Security S.R.L indicó en la demanda que había sido contratada por la constructora Luciano S.A para prestar servicios de vigilancia y seguridad por la custodia de distintos objetivos en Cipolletti, entre ellos la obra del Tercer Puente y el puente de Isla Jordán.
Reclamó que Luciano S.A le debía seis pagos, desde febrero del 2011 a julio del 2011. La constructora argumentaba el uso del derecho de retención por la supuesta responsabilidad de Security en un incendio en el obrador del Tercer Puente que provocó daños en maquinarias propiedad de Luciano S.A.
En la sentencia surge que el empleado de la empresa de seguridad no se encontraba en la casilla provista por la empresa cerca de las máquinas al momento del siniestro porque estaba durmiendo en la casa que le prestaba el propietario del inmueble, situada a considerable distancia del depósito de maquinarias.
Por ese hecho se realizó una denuncia penal pero el empleado terminó sobreseído porque su comportamiento no constituyó delito penal.
“Estimo prudente hacer lugar a la demanda iniciada por SECURITY S.R.L, condenando a LUCIANO S.A al pago de las sumas mensuales adeudadas desde la factura correspondiente al mes de febrero de 2011 hasta la facturación del mes de julio de 2011”, expresó la jueza Peruzzi.
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