Tras un choque que dejó inutilizado su taxi, una trabajadora de Cipolletti logró un fallo judicial contra la aseguradora. ¿Qué pasó?
Una taxista de Cipolletti obtuvo una sentencia favorable en un juicio civil contra su aseguradora, luego de que la empresa se negara a reconocer la destrucción total de su vehículo tras un grave accidente de tránsito. El fallo ordenó el pago de una indemnización integral que incluye el valor del automóvil siniestrado, una suma por daño moral y una compensación por lucro cesante, al considerar que el rodado era su principal herramienta de trabajo.
El siniestro vial ocurrió en la intersección de avenida Circunvalación y calle La Esmeralda. Según se acreditó en el expediente, el taxi (un Chevrolet Classic) se encontraba detenido ante un semáforo cuando fue violentamente embestido desde atrás por un Chevrolet Astra. A raíz del impacto, el transporte de pasajeros terminó colisionando también con otro auto que estaba detenido delante suyo, lo que provocó daños de gran magnitud.
Las consecuencias fueron de gran magnitud, el automóvil quedó inutilizado, con afectación estructural, daños mecánicos y en la carrocería que impidieron su reparación. Tras el accidente, la conductora realizó la denuncia correspondiente ante su aseguradora, pero no recibió respuesta dentro de los plazos legales previstos. Tiempo después, la compañía rechazó formalmente la cobertura por destrucción total, argumentando que los daños no alcanzaban el 80% del valor del vehículo, porcentaje mínimo exigido por la póliza para considerar la pérdida total.
Ese punto fue central en el proceso judicial. Durante el juicio se incorporó una pericia mecánica que determinó que el costo de reparación superaba ampliamente ese umbral. El tribunal dio por acreditada la destrucción total del rodado y cuestionó con dureza el informe presentado por la aseguradora, al advertir que no había realizado una inspección física del vehículo y que su evaluación se basó en parámetros insuficientes.
En la sentencia, el juez declaró inválido el límite de cobertura previsto en la póliza en este caso concreto y ordenó que la indemnización se calcule conforme al valor de mercado actual de un vehículo de similares características, modelo y antigüedad. De este modo, se buscó evitar que la asegurada resulte perjudicada por cláusulas que, aplicadas de manera rígida, terminan vaciando de contenido la protección contratada.
Además del daño material, el fallo reconoció un monto adicional en concepto de daño moral. El magistrado consideró que la negativa injustificada de la aseguradora generó un perjuicio emocional relevante, agravado por el hecho de que el automóvil no solo era un bien patrimonial, sino la fuente principal de ingresos de la denunciante. La prolongación del conflicto y la falta de respuestas oportunas incidieron directamente en su situación personal y económica.
Otro aspecto clave fue el reconocimiento del lucro cesante. El tribunal tuvo por probado que el vehículo permaneció fuera de servicio durante un período significativo y que la titular de la licencia de taxi no pudo reemplazarlo con otra unidad. En ese contexto, se fijó una compensación económica basada en una estimación prudente de los ingresos que dejó de percibir mientras no pudo trabajar.
La sentencia también alcanzó al conductor del Chevrolet Astra que provocó el choque y a su aseguradora, quienes fueron condenados a responder en forma solidaria por los daños ocasionados al vehículo y por el monto correspondiente al lucro cesante.
En cuanto a la aseguradora que negó la destrucción total y fue condenada por daño moral, el fallo es de primera instancia y aún no se encuentra firme, por lo que puede ser apelado por las partes. No obstante, sienta un antecedente relevante en la defensa de los derechos de trabajadores del transporte que dependen de su vehículo para subsistir y que, tras un siniestro, enfrentan negativas que la Justicia considera arbitrarias.