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Era infértil, fue padre y la Justicia le reveló la verdad: la increíble confesión de su mujer

Él sabía que no podía tener hijos, pero el nacimiento del bebé lo llenó de dudas. Inició un proceso legal para conocer la identidad biológica mediante un examen de ADN.

Un fallo judicial le reveló la verdad a un padre sobre la identidad biológica de la que creía que era su hija. El caso se originó cuando el hombre recibió el diagnóstico médico de infertilidad, pero cuando su pareja quedó embarazada, decidió confiar y ejercer la paternidad. Años después, la madre le confesó que no era el padre biológico de la niña y una prueba de ADN ordenada por la Justicia se lo confirmó.

Una paternidad que ejerció con amor y responsabilidad

La resolución del juzgado de Familia de la Segunda Circunscripción hizo lugar a la demanda de impugnación de paternidad extramatrimonial. La sentencia excluyó el vínculo legal, ordenó rectificar el acta en el Registro Civil para suprimir su apellido y dispuso que la menor figure solo con el apellido materno.

La historia surgió cuando ambas personas formaron un vínculo de pareja. El hombre había recibido un diagnóstico previo que indicaba problemas de fertilidad, pero confió en la palabra de su novia cuando quedó embarazada. Al nacer la niña, la reconoció de inmediato y le dio su apellido.

Una confesión inesperada

Durante años mantuvo un rol paterno activo y presente, incluso después de la separación. En ese contexto se acordó el pago de una cuota alimentaria y sostuvo el vínculo con la menor hasta que la madre le confesó que no era el padre biológico. A partir de esta revelación, el hombre acudió al Poder Judicial para que la niña conociera su verdadera identidad.

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El hombre ejerció su paternidad, aún después de la separación.

Los resultados de la pericia genética confirmaron su sospecha, no existía un vínculo biológico entre él y la niña. La mujer contestó la demanda y prestó conformidad con la prueba pericial. El informe de ADN concluyó que se excluye la existencia de vínculo biológico con un grado de certeza prácticamente absoluto.

El informe de ADN confirmó la verdad

Un juzgado de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial hizo lugar a la demanda de impugnación de la paternidad extramatrimonial que presentó el hombre. La jueza dictó sentencia definitiva y excluyó el vínculo legal que lo unía con la niña.

La defensora de menores dictaminó que, a la luz de la prueba pericial y en resguardo del derecho a la identidad, correspondía hacer lugar al planteo. El demandante solicitó además que se ordenara la supresión de su apellido en el acta de nacimiento.

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El fallo tuvo en cuenta el derecho a la identidad y ordenó que se rectifique el acta de nacimiento con el apellido maternal.

Se ordenó la eliminación del apellido paterno del acta de nacimiento

En su resolución, la magistrada dispuso la rectificación del acta en el Registro Civil para que la niña figure únicamente con el apellido materno.

“En las acciones de filiación estamos frente a un interés social que va más allá del interés de las partes, ya que lo que se busca es proteger el derecho del hijo a acceder a un emplazamiento filial respetuoso de su identidad y acorde con su realidad biológica”, indicó la jueza.

La sentencia remarcó que el interés superior de la niña es el principio rector del caso, conforme a la Constitución Nacional, los tratados internacionales y la legislación de protección de la infancia. También subrayó que el derecho a la identidad posee jerarquía constitucional y que la prueba genética constituye el medio más relevante en los procesos de filiación por su alto grado de certeza.