La conductora del camión transportaba más de 25 toneladas de fruta cuando una camioneta impactó contra el rodado y provocó la pérdida de la carga.
El choque tuvo lugar en General Roca, el camión transitaba por la Ruta 22 con una carga de 1300 bultos de fruta cuando la camioneta chocó en el lateral derecho del vehículo de carga. El impacto fue en el cruce con calle Félix Heredia, cuando la camioneta que avanzaba en dirección contraria impactó contra el lado derecho del transporte.
Como consecuencia del choque, el semirremolque volcó y la carga quedó completamente esparcida por la ruta nacional. El impacto provocó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.
Se trata de una empresa dedicada al transporte de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la región. A partir del siniestro y la pérdida total de la mercadería, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.
El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo, ya que reconoció el costo de la reparación del camión pero rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro por un mismo siniestro.
Además, la sentencia descartó los reclamos vinculados al equipo de frío y a la carga transportada. La decisión se basó en la falta de pruebas suficientes que acreditaran esos daños dentro del expediente.
A través de una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del hecho. En ese análisis, se concluyó que la conductora de la camioneta ingresó a la ruta sin adoptar las precauciones necesarias, lo que derivó en el impacto.
La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.
Por otro lado, el juzgado sí reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar un camión genera un daño en sí mismo, al afectar el normal funcionamiento de la actividad comercial.
Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.