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Los beneficios fiscales en la fruticultura superan los 4.500.000 pesos al año

La suma surge de un trabajo conjunto efectuado por la Subsecretaría de Ingresos Públicos y la Dirección General de Rentas.
El costo estimado para un año de beneficio fiscal del impuesto sobre los ingresos brutos en la actividad frutícola de la provincia de Río Negro ascendería a 4.537.955 pesos, según un reciente informe de la Subsecretaría de Ingresos Públicos y de la Dirección General de Rentas.
El documento oficial está directamente referido a la lista de empresas del sector frutícola rionegrino que están exentas del pago del impuesto a los ingresos brutos, de acuerdo con lo establecido por un artículo de la Ley 311, de Transparencia Frutícola, y el “costo fiscal-gasto tributario” de las exenciones impositivas.
La lista incluye a más de 1.300 contribuyentes, identificados individualmente y numerosas empresas radicadas en la provincia de Río Negro.
La nómina de las empresas adheridas al régimen de la Ley 3611 fue confirmada por el subsecretario de Ingresos Públicos, José Luis Giorgis, quien aclaró que “constituye un reflejo de la información cursada por la Secretaría de Fruticultura de Río Negro”.
En cuanto al costo fiscal de la exención prevista por el artículo 22 de la mencionada norma, concretamente el impuesto sobre los ingresos brutos, Giorgis reconoció que “su determinación es dificultosa, teniendo en cuenta la diversidad de actividades y sus códigos de identificación. Un contribuyente puede encontrarse inscripto en varias actividades y éstas últimas pueden detallarse en diversos códigos”.
De la información expuesta por los propios contribuyentes a través de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2008, se desprenden los siguientes datos.
De los contribuyentes inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos, régimen directo, bajo la actividad de cultivo de manzanas y peras 6.815 adheridos a la Ley 3611 actualmente no tributan por encontrarse encuadrados en una alícuota del cero por ciento. Los contribuyentes no inscriptos tributarían con la alícuota del uno por ciento. El costo fiscal sería de 1.817.232 pesos.
Otro ítems importante –de un total de ocho- por el monto del costo fiscal está referido a los contribuyentes inscriptos en el régimen de convenio multilateral bajo la actividad de “venta al por mayor y empaque de frutas, legumbres y hortalizas”, 250 anotados como productores integrados se encuentran actualmente gravados con una alícuota del 1,80 por ciento.
Los contribuyentes no inscriptos en la Ley 3611 tributarían con la alícuota del tres por ciento. El costo fiscal sería de 1.036.994 pesos.