ver más

Río Negro: proponen que los funcionarios declaren criptomonedas y activos digitales

El proyecto apunta a reformar la ley de Ética Pública que data desde 2001. En la actualidad los funcionarios no están obligados a publicar sus declaraciones.

Un proyecto de ley presentado en la Legislatura de Río Negro busca actualizar la normativa de ética pública para incorporar el universo financiero y digital al sistema de control patrimonial de los funcionarios estatales. La iniciativa, que modifica la Ley N°3550 vigente desde 2001, apunta a obligar a los funcionarios a declarar criptomonedas, activos en monedas digitales, fideicomisos y fondos de inversión, instrumentos que hoy quedan fuera del esquema de transparencia provincial.

El autor del proyecto es el legislador Javier Acevedo, del bloque Coalición Cívica ARI, quien fundamenta la necesidad del cambio en el paso del tiempo y en la transformación del ecosistema económico. Según el texto de la iniciativa, el objetivo central es "despejar cualquier grado de opacidad dándole la mayor transparencia" a la información del Estado.

casa de gobierno río negro

La actual legislación, no obliga a los funcionario a mostrar sus declaraciones de forma pública.

Qué deberían declarar los funcionarios

El proyecto amplía de forma sustancial el universo de bienes y vínculos que los agentes públicos estarían obligados a informar. Más allá de los patrimonios tradicionales, la reforma exigiría declarar explícitamente tenencias en criptomonedas y activos digitales, participaciones en fideicomisos y fondos de inversión, y cualquier vínculo comercial, laboral o societario mantenido hasta dos años antes de asumir el cargo.

Este último punto apunta directamente a prevenir incompatibilidades y potenciales conflictos de intereses. La norma reconoce que la "puerta giratoria" entre el sector privado y el público genera zonas grises que la legislación actual no contempla con la rigurosidad necesaria. Al ampliar el período de declaración retroactiva, se busca trazar un mapa completo de los intereses económicos de quienes asumen funciones de gobierno.

Uno de los pilares más destacados de la propuesta es el cambio en el régimen de publicidad de las declaraciones juradas. Actualmente, acceder a esa información requiere en la mayoría de los casos una autorización judicial o un pedido formal a través de organismos específicos. El proyecto propone eliminar esa barrera y establecer la publicación online de los documentos de forma gratuita, mediante un mecanismo simple y sin requerir de una autorización judicial previa.

De ser aprobada, la parte sustancial de las declaraciones juradas sería de carácter público y debería estar alojada de manera accesible en las páginas web del Gobierno Provincial, la Legislatura y el Poder Judicial. Este cambio representaría un giro estructural en la relación entre el Estado y la ciudadanía, al convertir el control patrimonial en un ejercicio cívico al alcance de cualquier persona con acceso a internet.

La propuesta también contempla resguardos específicos para proteger la seguridad personal y familiar de los declarantes. Se mantendrían confidenciales datos como la ubicación exacta de los inmuebles, los números de cuentas bancarias y los datos de menores a cargo. Según los fundamentos del proyecto, este equilibrio busca evitar que la información pública sea utilizada como un "espectáculo mediático" o como instrumento de "manipulación política".

legislatura de Río Negro

El proyecto ingresó a la Legislatura rionegrina, ahora deberá continuar el proceso en comisiones.

La ley vigente: confidencialidad como regla

El contraste con el marco legal actual es marcado. La Ley N°3550, en su artículo 16, establece que el Tribunal de Cuentas tiene el deber de preservar la confidencialidad de los datos obrantes en las declaraciones juradas. Solo de manera excepcional puede divulgar esa información: ante pedido del propio interesado, requerimiento judicial, solicitud de comisiones investigadoras, organismos impositivos nacionales o provinciales, o a pedido del Gobernador, el presidente de la Legislatura o del Superior Tribunal de Justicia respecto de funcionarios bajo su dependencia.

En cuanto a la publicidad voluntaria, el artículo 17 de la ley vigente permite que los funcionarios, si así lo desean, publiquen sus remuneraciones y su declaración jurada patrimonial en el Boletín Oficial de la Provincia, sin cargo. Pero se trata de una facultad optativa, no de una obligación. El resultado práctico es que la transparencia queda supeditada a la voluntad individual del funcionario, sin mecanismos de acceso ciudadano directo.

Una reforma con fundamento democrático

Los fundamentos del proyecto reconocen que "la democracia se sustenta en un contrato implícito de confianza entre la ciudadanía y sus representantes", y que ese contrato exige honestidad en el manejo de los asuntos públicos. La propuesta de Acevedo se inscribe en una corriente legislativa que, en distintas provincias del país, busca actualizar normas pensadas en otro contexto económico y tecnológico.

La ley original data de 2001, cuando las criptomonedas no existían, los fideicomisos eran instrumentos de uso marginal y el acceso a la información pública por medios digitales era prácticamente inexistente. En ese sentido, la reforma no propone un cambio de paradigma ideológico, sino una adecuación técnica y normativa a la realidad del siglo XXI.

El proyecto deberá recorrer el proceso legislativo habitual antes de convertirse en ley. Su aprobación dependería del consenso que logre construir entre los distintos bloques de la Legislatura rionegrina.