Vivió toda su infancia con la pareja de su mamá. Una vez que cumplió la mayoría de edad, la medida de una jueza le cumplió su sueño.
Desde que tenía un año, un niño vivió con un hombre que luego lo crió como a un hijo. Juntos compartieron la casa, los cumpleaños, las decisiones importantes y los momentos cotidianos que construyen una familia. Creció con él, junto a su mamá y un hermano que nació luego.
Además formaron parte los abuelos, los tíos y los primos, quienes lo incorporaron sin diferencias. En su entorno, todos los familiares lo nombraron con el mismo apellido que el del hombre que lo acompañó en gran parte de su vida.
Una vez que cumplió la mayoría de edad, quiso que el apellido se plasmara en los papeles. Intentó cambiarlo, pero le explicaron que para eso debía iniciar un trámite de adopción. Por lo que habló con el hombre que lo crió y aceptó sin dudarlo.
El trámite se presentó ante el fuero de Familia de Cipolletti en octubre. El pedido remarcaba la historia de vida: "un joven que convivió desde su infancia con el hombre que fue pareja de su madre y que, durante más de veinte años, asumió un rol paterno activo y constante".
La madre estuvo de acuerdo con la decisión ya que el joven deseaba legalmente ser reconocido como hijo. Eso representaba lo que sentía y vivía desde chico. Además, aseguró que siempre utilizó el apellido de su papá afectivo en sus redes, en su círculo de amigos y en su comunidad. Pero faltaba lo más importante: quería que eso también figurara en su documento.
En el proceso judicial, fue notificado el progenitor biológico, pero no respondió ni se presentó a la audiencia fijada. La jueza de Familia tuvo en cuenta este comportamiento, pero focalizó en la relación entre el joven y el hombre que pidió formalmente la adopción.
Durante la audiencia, el joven, su madre y su padre del corazón contaron cómo se construyó la familia y toda la relación que tuvieron a lo largo del tiempo. En ese sentido, remarcaron que deseaban que ese lazo tuviera también reconocimiento jurídico.
La jueza de Familia consideró que "se cumplieron los requisitos que establece el Código Civil y Comercial para este tipo de adopción". Y planteó que "el joven había tenido, desde niño, una posesión de estado de hijo con el hombre que ahora buscaba adoptarlo y que, además, existía una convivencia estable con su madre". Además, destacó que la adopción de personas mayores de edad también forma parte del derecho a la identidad cuando hay vínculos afectivos sólidos, como en este caso.
De esta manera, la magistrada autorizó el cambio de apellido. Tuvo en cuenta la voluntad expresada por el joven, su edad, su madurez y la coherencia entre su identidad social y la forma en que se presenta en su vida diaria.
La adopción fue concedida con carácter de plena. Se dispuso la modificación registral correspondiente y se reconoció legalmente el vínculo que, para ellos, existía desde hacía más de dos décadas. Ahora, la familia que construyeron desde su infancia, cuenta con respaldo jurídico.