Dejó aislado a un vecindario pues el paso clausurado unía la zona con la ruta 40, entre otras. Posibilitaba la llegada de ambulancias y bomberos.
Dejó a un vecindario aislado y ahora deberá responder por su incomprensible accionar. Un juez de paz de El Bolsón dictó una resolución urgente para desbloquear un camino vecinal que un hombre había cerrado con un candado en una tranquera dejando incomunicados a varios pobladores del lugar y bloqueando el acceso a sus casas y campos con animales de cría.
El paso clausurado no es una vía improvisada sino un callejón utilizado por la comunidad rural desde hace muchísimos años para conectar la zona con la Ruta Nacional 40 y otras rutas provinciales. Además de permitir la rutina cotidiana y la actividad ganadera el trazado cumple una función estratégica fundamental al posibilitar la llegada de ambulancias, bomberos y vehículos de asistencia ante urgencias médicas o incendios forestales.
Debido a su relevancia social la Municipalidad de El Bolsón ya había formalizado el trazado en 2024 a través de una ordenanza del Concejo Deliberante que le otorgó nombre oficial a la arteria iniciativa que contó con el respaldo explícito de Defensa Civil y del Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF).
Frente a la denuncia realizada por uno de los vecinos afectados el Juzgado de Paz de El Bolsón determinó que la conducta del infractor generaba un perjuicio grave e injustificado para el vecindario marcando de forma contundente que ningún particular puede atribuirse el derecho de cerrar por su cuenta una vía de circulación comunitaria.
La resolución judicial dispuso las siguientes medidas de aplicación inmediata:
Ultimátum de dos horas: Se fijó un plazo límite de 120 minutos para que el responsable retire el candado e intégrelo al tránsito normal.
Uso de la fuerza pública y costos: En caso de desobediencia se autorizó el auxilio de la policía para romper el candado y liberar la vía cargándole todos los gastos derivados de la vía operativa al infractor.
Abono de multas: Se estableció una sanción económica de $50.000 por cada día de demora hasta que el acceso quede definitivamente despejado.
Prohibición de nuevos cierres: Se le prohibió expresamente al acusado colocar cualquier otro obstáculo en el lugar o en otros callejones de la zona.
Restricción de hostigamiento: Deberá cesar todo tipo de agresión o acoso hacia los vecinos que circulen por el camino bajo apercibimiento de enfrentar causas penales por el delito de desobediencia judicial.
Para velar por el cumplimiento del fallo se cursaron notificaciones a la Comisaría 12ª, al sistema 911, a la Dirección de Tierras de Río Negro, y al municipio local dejando asentado que los conflictos de límites o derechos entre privados se resuelven ante los tribunales y no mediante el bloqueo de vías públicas.