ver más

Le cambiaron el destino del viaje de egresados, no fue y demandó a la empresa: Qué resolvió la Justicia

Del mar a la montaña, a último momento... Una adolescente rionegrina formuló a través de su madre un reclamo judicial tras una frustrante situación.

Del mar a la montaña, a último momento y jugando con las ilusiones de los chicos. Tras la frustración del viaje de egresados de su hija, a raíz de que la firma modificara condiciones esenciales del servicio contratado incluido el mismísmo destino, una mujer de San Antonio Oeste inició una demanda de menor cuantía contra una empresa de turismo.

De acuerdo con la presentación, la madre contrató un paquete turístico que incluía transporte, alojamiento, comidas y excursiones a Mar del Plata y Pinamar. El servicio se abonó en cuotas mensuales hasta completar el pago total.

Antes de la fecha prevista para el inicio del viaje, la empresa alteró de manera unilateral aspectos centrales del contrato, como el destino que sería Carlos Paz y el cronograma. La nueva propuesta implicó un cambio respecto de lo originalmente pactado. Frente a esta situación, la clienta decidió que su hija no participara del viaje y solicitó la devolución del dinero abonado.

El reclamo incluyó gestiones extrajudiciales y una instancia administrativa ante la oficina de Defensa del Consumidor, sin que obtuviera respuesta por parte de la empresa. Ante la falta de solución, se dirigieron al Juzgado de Paz de San Antonio Oeste.

image

En función de la prueba documental, el juzgado tuvo por acreditada la contratación del servicio, el pago efectuado y la existencia de reclamos previos. Además, encuadró el vínculo dentro de una relación de consumo, lo que implicó aplicar los principios protectores previstos en la normativa vigente.

La sentencia por el viaje de egresados frustrado

La sentencia analizó los distintos rubros reclamados. Consideró acreditado el daño directo vinculado al incumplimiento del servicio y a la falta de devolución del dinero. También abordó el daño moral a partir de la afectación de las expectativas generadas por el viaje de egresados, al que describió como una experiencia significativa.

El fallo incluyó referencias doctrinarias y jurisprudenciales para definir el alcance de este tipo de perjuicio, vinculado a la esfera emocional y espiritual. Asimismo, valoró las circunstancias del caso para tener por configurado ese daño.

Finalmente, la jueza de Paz examinó la aplicación del daño punitivo, previsto en la ley de defensa del consumidor como una sanción frente a conductas reprochables por parte de proveedores. Evaluó los requisitos legales y la conducta desplegada por la empresa en el caso concreto.

fallo judicial

Con estos elementos, resolvió condenar a la empresa a abonar las sumas correspondientes a los distintos rubros reconocidos, con más intereses, dentro del plazo establecido en la sentencia.

Un dato a tener en cuenta para los viajes de egresados al exterior al exterior

Si bien este caso fue dentro de los límites de Argentina, son cada vez más los adolescentes que viajan al exterior con sus compañeros de curso. Y el conflicto por los viajes internacionales con menores de edad resulta cada vez más frecuente. El permiso que para algunos es solo un trámite, para muchos otros es motivo de conflicto familiar y judicial.

Qué requisitos se deben cumplir y a quién recurrir si no hay vínculo o acuerdo entre los padres es una duda recurrente para muchos rionegrinos, especialmente cuando los viajes no son frecuentes, como en el caso de los egresados. Para atravesar el control migratorio los menores deben ir acompañados por su mamá y su papá, o presentar un documento escrito que los habilita. Para obtenerlo, hay distintos caminos.

image

Para salir de Argentina, los requisitos para un menor de edad dependen de con quién viaje. La normativa busca proteger a los niños y adolescentes, asegurando que ambos padres den su consentimiento.

Si el menor viaja con ambos padres es el caso más sencillo, ya que el permiso se considera "tácito". Solo debe contar con documento de viaje: DNI vigente (para países del Mercosur) o pasaporte vigente (para el resto del mundo). En todos los casos, debe ser el ejemplar actualizado que figure en el sistema de la Aduana.

Los padres solo deben acreditar el vínculo. Pueden hacerlo con la partida de nacimiento (original o copia certificada), libreta de matrimonio donde esté asentado el nacimiento o el DNI del menor (si en el reverso figuran los nombres de ambos padres).

Cuando el menor viaja con su mamá o su papá, ya es necesario hacer un trámite previo. Quien no lo acompañe debe dar su consentimiento expreso. Ése permiso se puede gestionar en juzgados de paz, sedes del registro civil, o ante un escribano público.

Cuando viaja solo o con un tercero, la situación es similar. El menor debe tener un documento con el consentimiento de padre y madre o un permiso individual de cada uno. En el caso de los menores de 13 años, además, el permiso debe consignar la fecha de salida, regreso y lugar de estadía. Además, debe informar quién lo recibirá y estará a su cargo.