El STJ intervino tras reiterados pedidos sin respuesta y obligó a un municipio rionegrino a entregar datos sobre la venta de lotes.
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) ordenó a la Municipalidad de Catriel que entregue información pública vinculada a la venta y regularización de terrenos, tras detectar reiterados incumplimientos en la respuesta a un ciudadano.
El caso pone en el centro de la escena el derecho de acceso a la información pública y la obligación del Estado de responder de forma completa y documentada.
El conflicto se originó a partir de múltiples pedidos formales realizados por un vecino, quien solicitó datos concretos sobre un fraccionamiento urbano.
Entre los puntos requeridos figuraban:
Promulgación de una ordenanza
Publicación oficial de la norma
Registros de compraventa de lotes
Escrituras vinculadas a esas operaciones
Sin embargo, pese a las reiteraciones, tanto por vías administrativas como electrónicas, no obtuvo respuesta.
Ante la falta de contestación, el ciudadano presentó una acción judicial de mandamus. El STJ consideró válida esa vía al comprobar la ausencia de respuesta estatal.
En su defensa, el municipio argumentó que la documentación correspondía a una gestión anterior y que, al asumir en diciembre de 2023, detectaron faltantes en distintas áreas.
Pero el Tribunal fue contundente: ese argumento no justifica el incumplimiento. El deber de informar se mantiene más allá de los cambios de gobierno.
El fallo también advirtió múltiples falencias en la información aportada:
No se acreditó la promulgación ni publicación de la ordenanza
La copia presentada carecía de certificación
Faltaban anexos relevantes
No se entregaron registros de ventas ni escrituras
Incluso, el propio municipio reconoció la existencia de operaciones sin formalización o registro administrativo, lo que encendió aún más las alarmas.
El STJ encuadró el caso dentro del régimen constitucional de acceso a la información pública, recordando que cualquier persona puede solicitar datos sin necesidad de justificar interés.
Además, advirtió que la falta de respuesta o la entrega incompleta de información habilita la intervención judicial.
Finalmente, el Tribunal ordenó al municipio que, en un plazo de 30 días hábiles, entregue toda la documentación solicitada o explique formalmente por qué no puede hacerlo.
La decisión judicial no solo obliga a transparentar operaciones sobre tierras, sino que también sienta un precedente clave: el Estado no puede eludir su responsabilidad de informar.
En un contexto donde la gestión de terrenos suele generar controversias, el fallo abre interrogantes sobre posibles irregularidades y refuerza el control ciudadano.