La Justicia de Paz de Río Negro actuó ante la grave acusación presentada por una mujer. Dictaron medidas para resguardarla. Entre ellas la prohibición de acercamiento.
Una mujer denunció a su ex pareja por violencia familiar y hostigarla. La presentación la realizó el miércoles de la semana pasada en la Comisaría de la Familia de Cinco Saltos, donde se inició una causa de acuerdo a lo que establece la Ley 3040 y el Código Procesal de Familia.
El expediente fue elevado al Juzgado de Paz local, donde convocaron a la chica para comparezca y no solo ratificó la acusación, sino que también agregó nuevos detalles de los padecido.
En la audiencia relató que PDM (así lo identifican) la llama por teléfono y la insulta, aunque también le advirtió, entre otras cosas, que irá a la casa de la madre de ella para molestarla y “mandarle mensajes con fotos privadas”.
Pero además de las amenazas, destacó que tuvo que modificar su rutina laboral, ya que se vio obligada a suspender la atención de sus clientas en su domicilio ante el temor de que aparezca en esos momentos. A eso le sumó que le advierte que le quitará a una de sus mascotas “una perrita” que es de su propiedad, lo que “la pone mal”.
Aclaró que había notado que la relación se tornaba tóxica, porque la fue “alejando de su familia y de sus amistades”. Insistió en que está “muy asustada” sobre todo por la advertencia de ir hasta la casa de su madre a “molestarla”.
Al analizar el testimonio de la mujer el juez de Paz Enzo Espejo determinó que existían “Indicadores de Riesgo”, consistentes en “señales de alarma que nos advierten sobre la gravedad o permanencia de la discriminación y violencias en razón del género que pudieran estar padeciendo”.
Explicó que una de las señales se encuentra en la “finalización reciente o en trámite del vínculo afectivo” y las “conductas controladoras” del acusado.
Tal comportamiento, continuado en el tiempo, hacen presumir que la Sra. (…) “continuaría bajo un riesgo potencial en su integridad psicofísica, haciendo temer un desenlace incierto que es necesario prevenir ante la presunción de que hechos de la misma naturaleza o quizás de una gravedad mayor puedan volver a ocurrir”, agregó el magistrado.
Con esos argumentos el juez decidió tomar medidas para resguardar a la víctima, las que se deberán cumplir por el término provisorio de 90 días, lapso en el que en el ámbito de la Justicia de Familia se deberán analizar los antecedentes de la causa.
La disposición central establece la prohibición de acercamiento a no menos de 200 metros tanto del domicilio de la mujer como el de su madre. Tampoco deberá molestarla o agraviarla por teléfono, mensajes de texto ni por redes sociales.
En tanto que le ordenó PDM a realizar “tratamientos psicoterapéuticos” para la erradicación de la violencia familiar y “abandonar y deslegitimar sus comportamientos violentos”. Le propuso recurrir al área de Salud Mental del hospital de Cinco Saltos, o en otro establecimiento de salud.
La mujer también deberá recibir asistencia médica o psicológica en el sistema público o recurrir a organismos no gubernamentales especializados en la temática.
El magistrado dispuso comunicar la resolución a la Comisaría 7° y a la Comisaría de la Familia de Cinco Saltos, además de darle intervención al Juzgado de Familia de turno.