ver más

Denunció que la violaron, pero las pericias la desmintieron y no colaboró con la investigación

La mujer acusó al hombre de haberla ultrajado en una reunión de amigos. Pero después se desinteresó de la causa y no la pudieron contactar. La Justicia tomó una determinación.

Un hombre fue acusado de haber violado a una mujer. Lo imputaron por “abuso sexual con acceso carnal” y debía ir a juicio.

Sin embargo, la causa no prosperó porque la supuesta víctima no colaboró con la investigación, pero además las pericias científicas realizadas pusieron en duda el ataque sexual.

El hecho habría ocurrido la tarde del 27 de noviembre de 2024 en un domicilio la zona de Catriel perteneciente a otra persona, describió la Fiscalía en la audiencia de formulación de cargos efectuada el 24 de abril del año siguiente.

Los ultrajes denunciados

El relato indica que era una reunión en la que estaba el dueño de casa, ellos dos y otra persona más. Pero en un determinado momento M le hizo señas para que fueran a otro sector del inmueble. Ella aseveró que se negó en reiteradas oportunidades, pero que él la agarró de un brazo y la llevó por la fuerza hacia otra habitación, donde a pesar de su resistencia, la obligó a practicarle sexo oral. Agregó que también la tiró sobre la cama y que intentó quitarle el pantalón “con el fin de accederla carnalmente”, pero que no lo logró porque el atacante sintió ruidos y salió de la habitación a ver “si alguien los había visto”.

En ese descuido, la chica dijo que aprovechó para seguirlo hasta la sala donde estaban los demás asistentes al encuentro y darle fin al calvario.

Aseguró además que mientras la ultrajaba, el hombre le decía: "¿Querés trabajar conmigo? ¿Querés ser encargada? Bueno, hacé esto".

Sin embargo, en una audiencia realizada recientemente en los tribunales de Cipolletti, la fiscal Adjunta Marcela Marchetti pidió el sobreseimiento de M, al alegar que no se había podido probar la acusación.

El análisis de ADN dio negativo

Dijo que tratándose de un delito contra la integridad sexual donde se trabaja principalmente con la víctima por cuánto “no existen testigos presenciales del hecho”, procedieron al “hisopado bucal de la denunciante y el secuestro de su vestimenta” para realizar una pericia genética de ADN, pero que el resultado fue negativo. Los rastros hallados no se correspondían con el cotejo realizado al hombre. Ese fue el “primer obstáculo” de la pesquisa, indicó la funcionaria.

Pero además agregó -tras aclarar que “no estaba en su ánimo juzgar” a la mujer cuyos “altibajos en el curso de la investigación son propios de la situación”-, mantuvo una “actitud reticente” que frenó el avance de la investigación.

Dificultades para encontrarla

Marchetti puntualizó que “en varias oportunidades procuró comunicarse” con ella, pero no respondió, y que incluso había cambiado el número de teléfono y no lo informó.

De todos modos, agregó que lograron hablar con el padre, y por su intermedio lograron contactarse con la denunciante, a quien le explicó en qué instancia se encontraba el expediente judicial, y que era “neurálgico” que brindara su testimonio.

Pero respondió que no quería colaborar y “tampoco aportó mas datos que lo mencionados en su denuncia”.

A ello destacó que tampoco entregó su teléfono celular para que la OITEL (Oficina de Investigación en Telecomunicaciones) lo peritara en busca de mayor información, pero “nunca lo presentó” a pesar de habérselo requerido en tres oportunidades.

Las pruebas no avalaban la denuncia

Ante la postura de la mujer, la fiscal indicó que “revisó la totalidad de la evidencia recabada” y determinó que “los testimonios recepcionados no coincidían de manera certera avalando el testimonio de la denunciante”.

Explicó que al no poder recolectar nuevas pruebas y siendo insuficiente la acumulada sumado a la “pérdida de contacto con la propia denunciante”, entendió como “necesario y obligatorio solicitar el sobreseimiento” de M.

Como era de esperar, los defensores Matias Stiep y Ángelo Zamataro Amaranto adhirieron a la petición fiscal, al coincidir que la evidencia reunida carecía de consistencia para llegar a la culpabilidad, por lo que acompañaron el pedido de sobreseimiento.

Expediente judicial.jpg

Los casos por violencia de género fueron numerosos en el arranque del año.

La jueza Rita Lucía no objetó lo planteado por las partes y ante la falta de confrontación, dictó el fallo como lo habían requerido. Manifestó la magistrada que los argumentos expresados por la Fiscalía eran válidos para desinteresarse de la investigación.

Además, recordó que “el sistema acusatorio que nos rige limita la actuación jurisdiccional a lo estrictamente peticionado por las partes” y que en este caso “realizado el control de legalidad se advierte cumplido ese extremo”.

En la sentencia, Lucía declaró, como se lo exige el Código Penal, que el proceso entablado “no afecta el buen nombre y honor que pudieran gozar” el imputado.