Acusó a su ex por violación, pero se retractó: solo quiere que "no la moleste más"
La mujer lo acusó de golpearla y abusarla con acceso carnal. Pero optó por no seguir la acusación. El hombre tenía prohibición de acercamiento y fue condenado por desobediencia, pero seguirá libre.
Una mujer que denunció que su ex pareja y padre de sus hijos la había violado terminó retractándose. El hombre fue sobreseído por ese delito y quedó en libertad, dado que estaba en prisión preventiva.
Sin embargo, fue condenado a prisión en suspenso por haber desobedecido la prohibición de acercamiento que previamente le habían ordenado un Juez de Familia.
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La pena fue acordada en un juicio abreviado y no lo lleva tras las rejas, aunque deberá acatar pautas de comportamiento por el término de dos años.
El incidente se registró el 15 de mayo último en un domicilio de Cipolletti, donde la víctima se encontraba sola.
Pensó que era su papá y abrió la puerta
Según la acusación presentada por la fiscal Rocío Guiñazú Alaniz, alrededor de las 14 se presentó en la vivienda OAR -así lo identifican- con quien se encuentra casada legalmente, pero que había sido excluido del hogar, por al estar allí desobedecía la prohibición de acercamiento.
La mujer pensó que era su padre, a quien esperaba, y le abrió la puerta sin querer. Entonces el sujeto se abalanzó sobre ella e ingresó al inmueble, donde la sometió a todo tipo de vejámenes.
La denuncia describió que primero le tapó la boca, la tomó de los brazos y la tiró en un colchón que se encontraba en la habitación de los hijos menores de edad que tienen en común, donde le volvió a tapar la boca y la nariz “mientras ella le suplicaba que no la matara”.
Después la llevó al dormitorio matrimonial y le advirtió que “venía dispuesto a todo” y que "...la iba a hacer ahogar con pan y nadie se iba a dar cuenta...", causándole aún más temor a la denunciante.
Pero no terminó allí, porque seguidamente “la sujetó fuertemente del brazo y previo darle unos palmetazos en los ojos, la accedió carnalmente por la vagina”, mientras la chica se resistía “diciéndole que no, que la soltara”.
Cambio de versión
La agresión le provocó lesiones en un ojo, en una muñeca y el muslo izquierdo, de acuerdo a lo que certificó un médico integrante del cuerpo forense.
OAR fue detenido e imputado por el delito “abuso sexual con acceso carnal, violación de domicilio, amenazas y desobediencia a una orden judicial, todo en concurso real y en contexto de violencia de género”.
La fiscal Guiñazú Alaniz y el abogado defensor Rubén Antiguala, consensuaron cerrar el caso en un juicio abreviado, que requería la confesión del acusado, quien lo había admitido.
Pero en la audiencia para llevar a cabo el proceso se produjo un giro al informar la Fiscal que “la denunciante ha cambiado su versión” respecto a cómo sucedieron estos hechos.
Precisó que “los ha negado” y que su nueva postura “impide avanzar en una acusación por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, violación de domicilio y amenazas”.
Ante la novedad, el juez Guillermo Baquero Lazcano la convocó para que pueda expresarse ante de tomar una resolución, e hizo retirar a OAR de la sala. Luego le explicó a la mujer que se requería su palabra para avanzar con el acuerdo de juicio abreviado y que iba a tener en cuenta su retractación. Posteriormente al magistrado ordenó un cuarto intermedio para que la Fiscal se entrevistara a solas con la víctima, luego de lo cual se retomó la audiencia.
Respetar la decisión de la víctima
La mujer expuso su situación, “dio su verdad sobre lo sucedido” y “sin entrar en detalles”), expresó que “no quería que se avanzara en una acusación” por abuso sexual, que “tienen hijos en común, ellos no saben lo que pasó realmente, quiere terminar con todo esto y que su ex pareja no la moleste más”.
Ante el cambio y la imposibilidad de seguir con la acusación por lo expresado por la víctima, la Fiscal pidió el sobreseimiento del imputado. Dijo que no podía avanzar con la causa no contaba con su declaración y que debía respetar su decisión.
En cambio, aclaró que continuaría con la imputación por el delito de desobediencia a la autoridad, que además es un hecho confeso y reconocido en audiencia anterior por OAR.
Sostuvo que el acuerdo alcanzado con la Defensa establecía un mes de prisión en suspenso, ya que no registraba antecedentes, más las pautas de conducta por dos años.
Baquero Lazcano avaló lo acordado por las partes y dictó la sentencia en esos términos.
Pautas de conducta y liberación
En el fallo se incluyó la serie de medidas de comportamiento que OAR deberá acatar por el término de dos años.
Entre ellas, tiene prohibido acercarse a la mujer a menos de 100 metros de su vivienda, tanto en forma personal como por cualquier otro medio. También deberá realizar un tratamiento sicológico por adicciones y por el control de los impulsos. Las demás disposiciones son de rigor: fijar domicilio, someterse al control de Patronato de Presos y Liberados; no abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de drogas y no cometer nuevos delitos.
En tanto que le advirtieron que en caso de incumplimiento y contacta a su ex, incurrirá en el delito de desobediencia a la autoridad y le harán cumplir el castigo tras las rejas.
En otro punto de la sentencia, el magistrado ordenó dejar sin efecto la prisión preventiva que pesaba sobre el hombre y dispuso que quedaba en libertad en la misma sala de la audiencia.
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