Los padres de la chica hicieron la denuncia. Relataron que la abordó cuando fue a realizar compras. Le otorgaron una probation con el cumplimiento de pautas de comportamiento.
El empleado de una verdulería de Cipolletti fue denunciado por el abuso de una menor de 15 años de edad, clienta del local. En la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal, le enrostraron dos hechos, cometidos en una fecha estimada entre junio de 2023 y enero de 2024. En el primero le adjudicaron al hombre, identificado como JJFP, haber abordado a la adolescente cuando ingresó al comercio a realizar una compra y, “en al menos tres oportunidades" y "tomándola por sorpresa”, la manoseó en la cola por encima de la ropa. Posteriormente, también al ir a comprar, la tomó de los brazos y le dio un beso en la boca, todo contra su voluntad, indica el documento judicial.
Los padres de la chica hicieron la denuncia y en septiembre de 2024 el hombre fue imputado por el delito de “abuso sexual”. Mientras que en febrero de 2025 la Fiscalía y la Defensa del acusado comunicaron que habían consensuado otorgarle una suspensión de juicio a prueba, un procedimiento legal también conocido como probation, el mecanismo que permite suspender un proceso judicial a cambio de cumplir con ciertas reglas de conducta.
En este caso el beneficio fue otorgado por un año y le impusieron que en ese lapso el verdulero tenía prohibido acercarse a la víctima, debía realizar un curso de masculinidades y no cometer nuevos delitos, entre las demás pautas de rigor.
Según se desprende del expediente, no acató todas las medidas, porque el 13 de marzo de este año le otorgaron una prórroga para que totalizara el cumplimiento.
Al agotarse el segundo plazo establecido, la defensa del imputado pidió que lo desvincularan definitivamente de la investigación y lo sobreseyeran. Argumentó en el requerimiento el tiempo transcurrido y la obediencia de las reglas de comportamiento ordenadas.
El representante de la Fiscalía acompañó el pedido formulado por el defensor. Destacó que mantuvo comunicaciones con los padres de la adolescente, quienes habían impulsado la denuncia, y que no expresaron objeciones al planteo de la defensa. Precisaron incluso que no tuvieron “ningún inconveniente” JJFP a lo largo del trámite procesal.
Al analizar la petición, la jueza de Garantías María Agustina Bagniole resolvió aprobarla, y dictó el sobreseimiento del acusado. Destacó la ausencia de controversia sobre la petición, y recordó que cuando le otorgó el beneficio dijo que si cumplía las pautas de conducta y transcurría el tiempo fijado, el hombre sería desvinculado del caso.
“Dada que la fecha de concesión del beneficio, ha transcurrido el término por el cual se suspendió la realización del juicio y, conforme lo dicho por las partes, el probado cumplió con las obligaciones impuestas. En consecuencia, corresponde declarar extinguida la acción penal y desvincular de manera definitiva” al acusado, sostuvo la magistrada.
Además, en el fallo declaró, como se lo exige el Código Penal rionegrino, que “el trámite del presente proceso no afecta el buen nombre y honor que pudiera gozar el imputado”.