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Abuso: Lo condenaron por manosear a su ex pareja, pero seguirá en libertad

La chica denunció que tras una discusión, su ex la tocó y la besó a la fuerza. Él admitió el abuso pero seguirá libre.

Un hombre fue condenado a un año de prisión en suspenso tras confesar que manoseó a quien era su pareja. La pena no lo lleva tras las rejas, aunque deberá cumplir pautas de conducta por el término de dos años.

El hecho se produjo durante la madrugada del 27 de enero del año pasado cuando GAM –así lo identifican- acompañó a la mujer hasta su domicilio, ubicado en Cipolletti.

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La acusación presentada por el fiscal Diego Vázquez describe que “luego de pasar un rato juntos”, se enfrascaron en una discusión y ella le pidió que se retirara.

Sin embargo el hombre se quedó y comenzó a tocarla “impúdicamente” en la cola y en los pechos y le dio besos en boca, pese a que ella se resistió, según se indica en el fallo. De todos modos, logró sacárselo de encima y que se fuera de su casa.

Ya le había pedido perdón

GAM fue imputado por el delito de abuso sexual simple. Entre las pruebas en su contra, la fiscalía presentó la declaración de la víctima; las de un amigo y una amiga con quienes estuvo la chica esa noche momentos antes del ataque.

También contaban entre las evidencias con las declaraciones de los profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) y un informe realizado por la OITEL -Oficina de Investigación en Telecomunicaciones-, en el que surgieron conversaciones posteriores al hecho, en el que el imputado le pidió disculpas.

Asimismo se consideró un reporte del Cuerpo Médico Forense que analizó material genético, del que no halló nada que lo vinculara al acusado.

Acuerdo de pena

En una audiencia realizada el 18 de febrero último, el fiscal Vázquez y la defensora Oficial Silvana Ayenao comunicaron que habían consensuado cerrar la causa en un juicio abreviado, que requería la confesión de GAM, quien no tenía antecedentes penales computables.

El acuerdo establecía imponerle un año de prisión condicional y medidas de comportamiento por el lapso de dos años. Entre ellas, la prohibición de acercamiento a una distancia no menor a los 100 metros del domicilio de la mujer. Tampoco debe comunicarse con en ella por cualquier medio, como llamadas telefónicas, mensajes o a través de otras personas. Le advirtieron que en caso de encontrarla en forma casual, deberá ser él quien se retire del lugar.

Además le ordenaron fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Presos y Liberados cada tres meses y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes en exceso en la vía pública.

La confesión del acusado

GAM aceptó la propuesta, lo que involucró hacerse cargo del delito cometido. Mientras que la víctima no puso objeciones.

La jueza María Florencia Caruso Martín avaló lo acordado y dictó el fallo como lo plantearon las partes.

Valoró la prueba reunida por la Fiscalía, la confesión del imputado y que también se accedió a la “escucha activa de la víctima, quien estuvo presente en la audiencia y pudo expresarse, manifestando que todo fue como lo dijo el Fiscal y prestando conformidad en un todo”.

En el fallo, la magistrada también ordenó notificar lo resuelto para incorporar al condenado al Registro de ReProCoInS -Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual-.

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