Fuentes judiciales confirmaron en diálogo con LM Cipolletti que la misma se llevará a cabo a partir de las 13.30 horas y se transmitirá a través de la plataforma Zoom.
Allí se conocerá la decisión del Tribunal sobre la responsabilidad de Marín en el hecho que se le acusa, el cual se encuadra en la calificación de instigación al suicidio. El juicio inició el 2 de mayo y fue analizado desde una perspectiva de género.
En el caso de ser encontrado culpable, Marín podría enfrentar una pena de 1 a 4 años de prisión. El hecho ocurrió en julio de 2020 en un domicilio de Cinco Saltos, donde Maira fue hallada sin vida.
La muerte de Maira y un sinfín de preguntas
Tras una ardua investigación, la fiscalía aseguró que Maira se suicidó y que -en ese momento- no había otra persona con ella en su casa. También determinó que las lesiones que presentaba en su cuerpo fueron producto de su intento por quitarse la vida y no se encontraron signos de criminalidad ni lesiones compatibles con algún tipo de acción de defensa o ataque.
A su vez, en ese momento aclararon que otras de las marcas visibles se produjeron luego de la autopsia, la cual se llevó a cabo en la Morgue Judicial de General Roca.
No obstante, y ante el pedido de la madre de Maira, la fiscalía inició una causa por instigación al suicidio, ya que su círculo familiar esta convencido de que la ex pareja la condujo a tomar la decisión.
Maira fue víctima de violencia de género
Durante el juicio, la fiscalía sostuvo que Maira Castillo fue víctima de violencia de género, destacando que el imputado ejerció distintos tipos de violencia entre las que mencionó física, psíquica, económica y sexual.
Respecto del tipo penal que lleva a configurar el delito, explicó que se requieren dos elementos. El primero de ellos que haya acontecido un suicidio, lo cual se va a probar con los testimonios de los médicos y técnicos en criminalística que intervinieron en el caso, quienes dictaminaron sobre la causal de la muerte y concluyeron que no intervinieron otras personas en el fallecimiento.
El segundo, la instigación entendida como el inducir o persuadir a una persona a quitarse la vida la cual será acreditada con el testimonio de familiares, amigos y psicólogos forenses que intervinieron en el caso.
La querella particular, a cargo de Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquin Hertzriken Catena, acompañó la teoría del caso de la fiscalía y explicó la situación de vulnerabilidad y cómo el acusado logró separar a Maira de sus allegados profundizando esa vulnerabilidad.
El delito de instigación al suicido está previsto en el artículo 83 del Código Penal y reprime con penas que van de uno a cuatro años de prisión para aquel que “instigare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese tentado o consumado”.
El Tribunal que interviene en la audiencia está integrado por Julio Sueldo, Guillermo Merlo y Rita Lucía