Un hincha amenazó a un jugador del rival y lo amonestaron
No recibió una tarjeta, sino una "exhortación" judicial para que se porte bien en el futuro. Es una medida prevista en el Código Contravencional. Ocurrió en una localidad rionegrina.
Un hincha de un club de rionegrino que increpó y amenazó a un jugador de un club rival recibió una “amonestación” por parte de la Justicia de Paz.
La medida, establecida en el Código Contravencional (LEY 5592), consistente en una “exhortación” que se otorga a un contraventor “con miras a evitar futuras infracciones y para hacerle notar la gravedad de su falta”. Es decir, es como una amarilla.
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El incidente ocurrió el 29 de septiembre último en Lamarque, durante un partido de primera división entre el Arsenal y el Santos.
Al parecer el encuentro fue levantando temperatura, porque en un momento desde las tribunas comenzaron a escucharse gritos hostiles que inquietó a uno de los protagonistas, que luego se acercó a la Comisaría 19 de Luis Beltrán e hizo la denuncia.
Gritos desde la popular
En la presentación, Jeremías Cabral, jugador de Arsenal, acusó a Juan Jiménez, hermano del ayudante del Director Técnico de Santos y que se encontraba en la hinchada, de haberle advertido que “lo iban a hacer mierda y que le iban a tener que decir que paren cuando lo agarren".
Sostuvo que no fue solo esa persona, sino que también los hermanos tuvieron similares conductas.
El denunciante puso de testigo a un compañero de su equipo, a quien también -aseguró- “hace como dos años” las mismas personas también lo habían amedrentado.
Desde el Juzgado de Paz de Luis Beltrán citaron a Cabral para que bride datos del testigo, pero aclaró que desistía de esa prueba que no sabía dónde vive y tampoco no quería comprometerlo. De todos modos, ratificó lo dicho en la denuncia.
La versión del acusado
Jiménez también fue convocado por la dependencia judicial para que aporte su versión y admitió que estuvo en la cancha como espectador y que “hubo un conflicto”, pero aclaró que el futbolista fue quien insultó a su madre.
Agregó que por ese motivo tanto él como su hermano Carlos Santiago, a su vez, reaccionaron insultándolo.
Pero aseguró que el encuentro siguió con normalidad, sin tener inconvenientes mayores.
Al analizar lo manifestado por las partes, el juzgado determinó que “surge una clara existencia de la infracción” prevista en el artículo 67 de la Ley 5592, referida a espectáculos deportivos, y que sanciona a quien “perturbare el normal desenvolvimiento de un partido o competencia deportiva”.
En la resolución se determinó que la conducta imputada es reprochable, por cuanto “tanto de dirigentes, concurrentes y jugadores valores de buena convivencia, respeto y prácticas de buena comunión que nos lleven a una sociedad más equilibrada”.
Con esos fundamentos Jiménez recibió la amonestación, con el objetivo de “evitar futuras infracciones, haciéndole notar la gravedad de su falta, la turbación que ella importa para la coexistencia pacífica de la comunidad y las consecuencias negativas para sí el daño producido a la víctima y a la sociedad en general con este tipo de conductas”.
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