El hombre se desempeñaba en varias obras en construcción, pero a partir de un accidente hacia el trabajo, exigió el registro del vínculo laboral y aportes jubilatorios.
Un albañil que trabajaba sin estar registrado en distintas obras de Cipolletti logró que la Justicia reconociera la relación laboral con su empleador luego de sufrir un accidente mientras iba a trabajar.
El caso expuso una situación de precarización laboral que terminó en los tribunales y derivó en un fallo favorable para el trabajador, quien reclamaba desde hacía tiempo que “lo blanquearan”.
Según se conoció en el expediente, el hombre se desempeñaba como peón de albañil y cobraba semanalmente, pero nunca recibió recibos de sueldo ni constancias de aportes jubilatorios.
Todo cambió tras un accidente vial ocurrido mientras se dirigía en bicicleta hacia una obra en construcción. En ese hecho sufrió una grave lesión en uno de sus hombros y comenzó a exigir información sobre la ART y la continuidad del pago de haberes.
Ante el tribunal, el trabajador explicó que recorría distintas obras asignadas por el empleador y que realizaba tareas habituales de la construcción.
También aseguró que en reiteradas oportunidades pidió ser registrado formalmente, aunque nunca obtuvo respuestas.
Tras el accidente, envió telegramas laborales para reclamar el reconocimiento de la relación laboral, documentación y pagos pendientes.
Como no recibió contestación, el hombre se consideró despedido e inició acciones judiciales.
La causa llegó a la Cámara del Trabajo de Cipolletti, donde el demandado no respondió la demanda y fue declarado en rebeldía.
Los jueces señalaron que esa actitud generó una presunción favorable respecto de los hechos denunciados por el trabajador.
Finalmente, la Cámara tuvo por acreditada la relación laboral dentro del régimen de la industria de la construcción y concluyó que el vínculo nunca fue registrado formalmente.
Además, determinó que no se había entregado la libreta de aportes prevista por la Ley 22.250.
El fallo reconoció indemnizaciones, créditos vinculados al fondo de desempleo y un recargo económico contemplado por la legislación laboral vigente.
También ordenó al empleador confeccionar y depositar el certificado de trabajo y la certificación de servicios y remuneraciones.