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Salud: un hospital bajo la lupa por no atender a los presos

Un caso llegó a la Justicia de Cipolletti porque un detenido debía hacer un tratamiento psicológico. ¿Qué dijeron los profesionales del Hospital de Allen?

La crisis en la salud rionegrina se hace extensiva incluso en los tratamientos penitenciarios. La decisión del hospital de Allen llegó a debatirse en una audiencia en el fuero de ejecución de Cipolletti. Un condenado por abuso sexual tenía entre sus pautas la obligación de realizar tratamiento, pero los profesionales insistieron en que no era necesario. El juez lo relevó de cumplir con la imposición.

Como la mayoría de los condenados, sobre todo en los delitos contra la integridad sexual, las sentencias suelen imponer pautas de conducta y la obligación de hacer tratamientos psicológicos. Pero el caso del condenado E.L.A (así figura en el fallo judicial) no tuvo eco en el hospital de Allen.

La resolución que firmó el juez de ejecución de Cipolletti Lucas Lizzi no aclara si el condenado tiene algún beneficio o recibió pena en suspenso. Solo que fue al hospital de Allen, se asume que vive en esa ciudad, y que los profesionales que lo examinaron concluyeron que no necesitaba tratamiento alguno.

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"No es necesario", aseguraron los profesionales del Ernesto Accame.

Sin embargo, el hombre estaba preocupado por cumplir al pie de la letra las pautas de conductas. Entonces lo examinó el psicólogo forense del Poder Judicial Sergio Blanes Cáceres. Dio cuenta de un riesgo bajo de reiteración de conductas por las que fuera condenado y sugirió que continúe tratamiento para afianzar los logros.

La fiscalía, firme en su posición, insistió en que hiciera el tratamiento y que se trasladara al hospital de Cipolletti. Remarcó que su razonamiento se basaba en que el informe del Hospital dice que "la solicitud no encuadra en los lineamientos del programa" y sostuvo que el tratamiento "es útil" en base al delito contra la integridad sexual, por el cual fue condenado el sujeto.

La defensa, con uñas y dientes, mostraba el informe que llevaba la firma del director del hospital de Allen.

El juez aceptó el planteo y dejó sin efecto la obligación de hacer tratamiento. La fiscalía interpuso revocatoria y el magistrado aclaró que la pauta “era una sugerencia del CIF (Cuerpo de Investigación Forense) para afianzar los logros del tratamiento penitenciario y que esos logros, conforme lo informaron el jefe de Salud Mental y el director del Hospital de Allen, ya estarían afianzados por no encuadrar en los lineamientos de tratamiento en salud mental”.

Otro caso de abuso sexual: lo denunció la prima

Días atrás se conoció la sentencia contra un hombre que abusó de su prima y obtuvo el beneficio de una probation, además de cumplir pautas de conducto y realizar un curso sobre violencia de género.

Un hombre de Catriel zafó de una causa judicial que le inició su prima por abuso sexual simple. La mujer denunció que el 1 de mayo de 2021, DFO (así lo identifican) la invitó a su departamento y una vez en el interior de un dormitorio le indicó que se sentara en una cama.

Sin embargo, en ese momento la sorprendió al comenzar a besarla sin su consentimiento, para luego realizarle “tocamientos libidinosos". Pero además también le manoseó en uno de sus pechos, con tal fuerza que le provocó una “inflamación mamaria” que le generó “mucho dolor”. Finalmente, el hombre se retiró de la habitación cuando le sonó su teléfono celular.

La causa se encaminó en una suspensión de juicio a prueba. El acuerdo, que fue aprobado por la jueza Sonia Martín, estableció que el imputado debía abonarle a la víctima 75 mil pesos -en tres cuotas $25 mil- en concepto de reparación más la prohibición de acercamiento a su domicilio y presentarse cada dos meses en la Comisaría 9na de la localidad petrolera. A ello le sumaron que debía realizar un curso de concientización de violencia de género en el término de 6 meses.