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La Justicia responsabilizó al dueño de un auto tras un choque que terminó en una casa

Un choque en una esquina terminó con un auto dentro de una casa. La Justicia de Cipolletti fijó responsabilidades y una indemnización. ¿Qué fue determinante en el fallo?

Todo ocurrió en cuestión de segundos, pero quedó grabado en la memoria de un testigo clave. Desde la esquina, alcanzó a observar un Renault Logan que circulaba por José María París a gran velocidad. Instantes después, se produjo el impacto: un Fiat Línea que avanzaba por Pastor Bowdler e iniciaba el cruce fue embestido en un choque que terminó con uno de los vehículos dentro de una vivienda.

El hecho no solo generó daños materiales significativos, sino que derivó en un proceso judicial que ahora tuvo una resolución en primera instancia en el fuero Civil de Cipolletti.

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El accidente tuvo lugar en una esquina de Cipolletti. (Foto ilustrativa: Archivo)

La reconstrucción del choque

De acuerdo con lo que surge del expediente, el Renault Logan impactó contra el lateral delantero izquierdo del Fiat Línea en plena encrucijada. Como consecuencia del choque, el Fiat giró y terminó desplazado hacia el cordón de la esquina. En cambio, el Logan continuó su trayectoria sin control, atravesó la reja de una vivienda y finalizó su recorrido dentro del inmueble.

La versión del testigo presencial fue uno de los elementos centrales para reconstruir lo ocurrido. Su relato fue considerado consistente con el resto de las pruebas incorporadas al expediente.

A eso se sumó el trabajo del Gabinete de Criminalística de la Policía de Río Negro, que elaboró el acta del hecho, un croquis detallado y un registro fotográfico de la escena. Ese material permitió confirmar la posición final de los vehículos, el punto exacto del impacto y la dinámica posterior de ambos rodados.

También declararon otros testigos que arribaron al lugar minutos después del siniestro. Todos coincidieron en la misma escena: el Fiat Línea dañado sobre la esquina y el Renault Logan dentro de la vivienda, lo que reforzó la hipótesis planteada en la demanda.

Los agentes policiales llevaron a cabo distintas pericias por el accidente. (federico floriano)

Informes periciales y la presencia de testigos, fueron determinantes. (Foto ilustrativa: Archivo)

La pericia que confirmó la mecánica del choque

Una pericia mecánica resultó determinante para el avance del caso. El informe técnico reconstruyó la secuencia del choque y concluyó que la dinámica descripta por la parte demandante era verosímil.

Según ese análisis, el Fiat Línea circulaba por Pastor Bowdler mientras que el Renault Logan lo hacía por José María París cuando se produjo el impacto en la intersección. La evaluación técnica coincidió con los testimonios y las pruebas documentales, consolidando una única línea interpretativa sobre cómo ocurrió el hecho.

Con todos esos elementos, el magistrado analizó la responsabilidad civil bajo el régimen de responsabilidad objetiva que rige para los accidentes de tránsito. Este sistema establece que, una vez acreditada la participación de un vehículo en el hecho y el daño causado, la carga de la prueba recae sobre la parte demandada, que debe demostrar una causa ajena para eximirse de responsabilidad.

En este caso, el titular registral del Renault Logan negó los hechos, pero no logró acreditar ninguna causal que lo libere de responsabilidad. La sentencia consideró probada la intervención del vehículo y el nexo causal con los daños producidos. En consecuencia, el juez atribuyó la responsabilidad al propietario del Renault Logan y extendió la condena a la aseguradora Escudo Seguros S.A., aunque dentro de los límites establecidos por la póliza vigente.

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El Juez resolvió una indemnización por el valor de reposición del automóvil.

Indemnización y criterios del fallo

El fallo también abordó el análisis de los daños reclamados. En relación al Fiat Línea, la sentencia determinó que su reparación resultaba antieconómica en comparación con el valor del vehículo.

Por ese motivo, se fijó la indemnización tomando como referencia el valor de reposición del automóvil y no el costo de reparación. Este criterio es habitual en casos donde el daño supera el valor de mercado del bien afectado.

Además, el juez reconoció un resarcimiento adicional por la privación de uso del vehículo, contemplando el tiempo razonable que el damnificado necesitaría para adquirir otro rodado de características similares.

La resolución corresponde a una sentencia de primera instancia del fuero Civil, por lo que todavía no se encuentra firme. Las partes tienen la posibilidad de apelar el fallo ante una instancia superior.