Una mujer de Cipolletti deberá ser indemnizada tras el incumplimiento de una empresa que prometió construir su casa y nunca la terminó.
Una mujer de Cipolletti vivió una verdadera odisea al intentar construir su casa. Confiada en el compromiso de una empresa que le ofrecía una solución “llave en mano”, firmó un contrato y entregó una importante suma de dinero. Pero lo que debía ser un proyecto de vida se transformó en un cúmulo de demoras, incumplimientos y angustias. La causa terminó en la Justicia, que le dio la razón y ordenó una indemnización por daños materiales, morales y punitivos.
Todo comenzó con una propuesta concreta: una vivienda de diseño minimalista, con dos dormitorios, a construirse sobre un terreno propio de la contratante. El contrato establecía un esquema de pagos por etapas y plazos claros para la ejecución. La ilusión estaba en marcha y en los papeles, el proyecto parecía viable.
La mujer cumplió desde el primer momento. Entregó una suma inicial importante, preparó el terreno con un contenedor, alquiló baños químicos y gestionó los servicios necesarios. Sin embargo, la obra no comenzó a tiempo. Con el correr de las semanas, los avances fueron escasos. La empresa, en lugar de asumir su responsabilidad, responsabilizó a la contratante por supuestos incumplimientos menores y exigió la firma de un anexo que alteraba las condiciones originales. La mujer, presionada por la situación, aceptó y realizó un nuevo pago.
A pesar de eso, los trabajos continuaron con intermitencias y sin señales de progreso real. La damnificada envió una carta documento para intimar a la empresa, pero recibió una respuesta confrontativa en la que fue acusada de no cumplir con sus obligaciones. Poco tiempo después, la obra se detuvo por completo.
En una instancia de mediación, las partes acordaron un nuevo esquema de finalización que incluía el pago de una suma pendiente, la entrega de aberturas y la instalación del sistema de gas. Sin embargo, la empresa no cumplió con ninguno de esos puntos. Ni siquiera devolvió las llaves del inmueble.
Frente a la inacción, la mujer resolvió dar por terminado el contrato, envió nuevas cartas documento y presentó una demanda judicial por daños y perjuicios. Durante el proceso, se incorporaron pruebas clave: documentación contractual, un informe técnico que determinó que la obra solo tenía un 58% de avance, y certificados médicos que acreditaron el impacto emocional que el conflicto tuvo en la vida de la demandante.
La sentencia consideró todos estos elementos. El tribunal determinó el porcentaje de incumplimiento, evaluó la diferencia entre lo pagado y lo efectivamente construido, y reconoció un resarcimiento por daño moral. También aplicó un monto por daño punitivo, es decir, una sanción económica ejemplificadora por la conducta de la empresa durante la relación contractual y el litigio.
El fallo condenó a las firmas Visur Desarrollos Inmobiliarios, Venta Automotores y a una persona física vinculada al emprendimiento. Si bien la sentencia es de primera instancia y puede ser apelada, marca un precedente relevante para quienes depositan su confianza en empresas del rubro y se enfrentan a promesas que no se cumplen.