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Cipolletti: una cesión hereditaria desató una disputa familiar en tribunales

Una cesión de derechos hereditarios firmada en una escribanía de Cipolletti derivó en una disputa familiar. Cuatro hermanas intentaron anularla. ¿Qué dictaminó la Justicia?

Una escritura firmada en una escribanía de Cipolletti terminó convirtiéndose años después en el centro de una disputa familiar que llegó a los tribunales. Cuatro hermanas intentaron anular el documento mediante el cual su madre había cedido derechos hereditarios a uno de sus hijos.

El conflicto tiene su origen en mayo de 2019. Ese día, una mujer se presentó en una escribanía de la ciudad acompañada por uno de sus hijos y firmó una escritura pública mediante la cual cedió los derechos hereditarios que le correspondían en la sucesión de su esposo fallecido.

En términos jurídicos, la cesión de derechos hereditarios es un acuerdo por el cual una persona transfiere a otra el lugar que ocupa dentro de una herencia. Es decir, quien recibe esa cesión pasa a ocupar la posición del cedente en el proceso sucesorio, con todos los derechos y obligaciones que ello implica.

El acto quedó plasmado en una escritura pública, un documento que redacta y certifica un escribano. Este tipo de instrumentos tiene un valor especial dentro del derecho porque deja constancia oficial de lo ocurrido durante el acto y de las declaraciones realizadas por quienes intervienen.

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La Justicia de Cipolletti avanzó en la constatación de las pruebas presentada por las partes.

El conflicto estalló tras la muerte de la mujer

El caso volvió a cobrar relevancia tiempo después, cuando falleció la mujer y se inició formalmente el trámite de la sucesión de su esposo. Fue en ese contexto cuando cuatro de sus hijas decidieron cuestionar la escritura firmada años antes.

Las hermanas sostuvieron ante la Justicia que su madre no se encontraba en condiciones de comprender el acto que firmaba cuando cedió los derechos hereditarios a su hermano. Según argumentaron, en ese momento atravesaba un proceso de deterioro cognitivo y depresión que habría afectado su capacidad para tomar decisiones.

Además, pusieron en duda el valor económico consignado en la escritura. Señalaron que el precio indicado era demasiado bajo y plantearon que, en realidad, se trataba de una cesión encubierta de carácter gratuito que perjudicaba al resto de los herederos.

Con esos argumentos impulsaron un incidente judicial denominado redargución de falsedad, una acción que se utiliza en el ámbito civil para intentar demostrar que un documento público contiene afirmaciones falsas sobre lo ocurrido durante el acto en el que fue firmado.

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El acto de cesión, había sido firmado por la madre previo a su fallecimiento.

Qué analizó la Justicia

Al analizar el planteo, el juez explicó que el cuestionamiento presentado por las hermanas no estaba dirigido a demostrar que el documento fuera falso, sino a discutir la validez del acto jurídico que se había celebrado.

La diferencia no es menor en términos legales. La redargución de falsedad apunta a probar que un documento público afirma algo que en realidad no ocurrió frente al escribano. En cambio, discutir la validez de un acto implica analizar si las condiciones del acuerdo fueron legítimas o si existieron vicios que lo invaliden.

En su resolución, el magistrado recordó además cuál es el rol del escribano en este tipo de actos. Señaló que el profesional no realiza evaluaciones médicas sobre las personas que firman un documento. Su función consiste en registrar lo ocurrido durante el acto y dejar constancia de las manifestaciones realizadas por quienes intervienen.

En la escritura cuestionada, quedó asentado que las personas que firmaban declaraban no tener restricciones en su capacidad para realizar el acto.
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Los hermanos, indicaron que la madre no se encontraba con condiciones de salud adecuadas para llevar adelante ese acto de cesión.

La capacidad legal y la falta de pruebas

En derecho, la capacidad es la aptitud legal de una persona para comprender y decidir sobre sus propios actos. La ley presume que las personas adultas tienen esa capacidad, salvo que exista una sentencia judicial que disponga lo contrario.

En este caso, el tribunal destacó que en el expediente no existía ninguna resolución judicial que hubiera restringido la capacidad de la mujer al momento de firmar la escritura.

El juzgado también remarcó que las hermanas no lograron acreditar las afirmaciones realizadas durante el proceso. Según surge del fallo, durante el trámite no impulsaron la producción de pruebas médicas ni otros informes que permitieran reconstruir el estado de salud de la mujer en el momento en que se firmó el documento.

El único elemento presentado fue un certificado médico emitido después del fallecimiento de la mujer, que el tribunal consideró insuficiente para demostrar que no estaba en condiciones de comprender el acto jurídico.

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La Justicia no avaló la presentación de las hermanas y dejó en plena vigencia el acto firmado por la madre ante escribano público.

El fallo y la continuidad de la escritura

Con esos argumentos, el juez concluyó que el conflicto planteado por las hermanas no se relacionaba con una falsedad en el contenido de la escritura, sino con una discusión sobre la validez del acuerdo celebrado años antes.

Por ese motivo, rechazó el incidente de redargución de falsedad promovido por las cuatro hermanas y mantuvo la validez de la escritura firmada ante la escribana en 2019.

La decisión judicial deja firme, al menos por ahora, la cesión de derechos hereditarios realizada por la mujer a favor de su hijo, en un caso que expone cómo las disputas familiares por herencias pueden terminar trasladándose al ámbito judicial años después de haberse firmado los acuerdos.