El financiamiento de los beneficios sería solventado en forma conjunta por las empresas prestadoras, el Estado provincial a través de exenciones en los Ingresos Brutos o bien a través de subsidios debidamente expresados en los respectivos presupuestos anuales .
La disminución operaría tanto en los cargos fijos como variables de las respectivas facturas emitidas por cada una de las empresas.